REGIRÁ LAS
REUNIONES QUE SE REALICEN
La Junta
Comunal 10 ya tiene reglamento
28/01/2012
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La Junta Comunal
de nuestra Comuna 10 aprobó el reglamento que regirá su
funcionamiento. El viernes 20 de enero, reunidos en el 3º piso
de Bacacay 3968, el Presidente de la Junta Comunal, Sr. Agustín
Ferrari y los Juntistas, Sra. Diana Patane, Sr. Osvaldo
Vega, Sra. Teresa Fernández de Funes, Sr. Leonardo Farias,
Sra. Cynthia Salama y Sra. María Marta Lopes, trataron los
proyectos de reglamento de la Junta Comunal 10 y aprobaron,
por mayoría de votos, el que finalmente servirá de marco
para su trabajo futuro. La representante de proyecto Sur
votó en disidencia.
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Luego de
que el Presidente de la Junta Comunal, Sr. Agustín
Ferrari, abriera la sesión, se presentaron y debatieron
tres proyectos de reglamento: el del PRO, el del Frente
para la victoria y el del MST Proyecto Sur. Luego de
intercambiar opiniones sobre las bondades y flaquezas de
cada proyecto se procedió a la votación.
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Tras esta instancia, y
como era lógico por la pertenencia partidaria de cada
Comunero, el proyecto del PRO se impuso, aunque a decir
verdad, algunas consideraciones surgidas del debate fueron
tenidas en cuenta en la redacción definitiva del mismo. Esto
hizo que hubiera seis votos positivos (los 4 del PRO más los
dos del FpV) y un voto
negativo. Este fue el
de la Sra María Marta Lopes (MST Proyecto Sur) quien sostuvo
que el reglamento aprobado, para estar en consonancia con el
espíritu de la
ley 1777, debía incluir
el carácter público de las sesiones de la junta comunal y la
aplicación del mecanismo de tribuna popular.
Entre los los puntos
relevantes del reglamento aprobado figuran:
El/la
Presidente/a de la Junta Comunal tiene la obligación, en
todos los casos, de convocar y presidir las reuniones de la
Junta Comunal y elaborar su orden del día.
La Junta
Comunal se reúne como mínimo una vez al mes.
Las
reuniones se llevarán a cabo los primeros Jueves de cada
mes, a las 14 hs. En caso de coincidir alguna de ellas, con
un día feriado, la reunión se llevará a cabo el primer día
hábil a la misma hora.
El
presidente de la Junta Comunal podrá convocar a reuniones
extraordinarias cuando las circunstancias lo demanden, fuera
de los días y horarios fijados para las reuniones
ordinarias.
Las
reuniones de la Junta Comunal se llevarán a cabo en la sede
de la Comuna.
Para aquellos vecinos
que deseen consultar la totalidad del reglamento, incluimos
el link que aparece debajo de esta nota.
Carlos Davis
Fuente:
Prensa Comuna 10