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POR MOTIVOS PURAMENTE ESTÉTICOS

Prohíben la mutilación animal

20/01/2020 - La Legislatura porteña aprobó el proyecto de ley del Legislador Sergio Abrevaya (GEN) que prohibe mutilar animales mediante intervenciones quirúrgicas estéticas. Esta ley (aprobada en la última sesión del 2019) busca proteger a las mascotas de prácticas como cortes de cola, cuerdas vocales, orejas y falanges que se realicen con fines estéticos en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires. La medida se apoya en el preámbulo de la Constitución porteña, el cual indica que el “la educación  debe enseñar, desde la infancia, a observar, comprender, respetar y amar a los animales”, y las mutilaciones estéticas están muy lejos de ese amor.

En la última sesión del año pasado (5 de diciembre de 2019) la Legislatura porteña aprobó una ley que prohíbe la realización de intervenciones quirúrgicas estéticas que causen mutilaciones a los animales y/o modifiquen su aspecto externo, salvo aquellas que tengan el objetivo de prevenir o curar patologías específicas.

Se consideran prácticas meramente estéticas a la caudectomía (corte de cola), cordectomía (extirpación parcial o total de una cuerda vocal), otectomía (corte de pabellones auriculares), oniquectomía (amputación quirúrgica de las falanges) y todas las cirugías que no tengan como finalidad restablecer o preservar el estado de salud de los animales.

Las prácticas quirúrgicas exceptuadas de la presente ley deben realizarse bajo prescripción médica por parte de un Veterinario matriculado en la Ciudad de Buenos Aires.

Finalmente se establece que la Autoridad de Aplicación dispondrá las sanciones correspondientes fijando las multas de acuerdo al grado de infracción de la norma. Serán pasibles de sanciones los particulares responsables de los animales y los profesionales/particulares que las realicen.

"El bienestar animal nada tiene que ver con su apariencia, por lo tanto estas modificaciones corporales o alteraciones permanentes del cuerpo que se realizan por motivos estéticos deben ser prohibidas", explica en los fundamentos del proyecto, su autor, el diputado Sergio Abrevaya (GEN).

Además, se aclara que "la creciente demanda de nuestra comunidad con respecto a la necesidad del buen trato hacia los animales, entendiéndolos a estos, como seres sintientes que deben ser respetados y cuidados responsablemente; procurándoles una adecuada calidad de vida, sin padecimientos de malos tratos; tal cual lo estipula la Ley Nacional N° 14.346 de protección hacia los animales y cuyo incumplimiento es delito penal".

Sobre los fundamentos

El cuerpo de los seres vivos forma parte de un todo ya que son organismos complejos en los que cada parte del cuerpo cumple una función específica para el mantenimiento de la salud integral y su supervivencia. Por ejemplo las orejas tienen una función de defensa y al cortarlas puede predisponer o determinar consecuencias patológicas de gravedad variable según el individuo, tal como otitis y otras. Asimismo, las amputaciones que se aplican en la cola de algunos animales tiene terminaciones nerviosas ya que la cola es la continuación de la columna vertebral, además es un elemento importante para el equilibrio y la comunicación del canino, el procedimiento no es indoloro; y también ocasiona sufrimiento innecesario. Muy distinto es si se debe realizar una amputación de cola con fines curativos según prescripción médica, tal como sucede en los casos de fractura , tumores o automutilaciones debido a un trastorno obsesivo compulsivo.

La oniquectomía o desungulación que en particular se le realiza a los felinos/as va más allá de un corte de uñas, ya que se corta la primer falange de cada dedo , porque esa es la zona donde crecen las uñas y esto trae como consecuencia infecciones recurrentes y deformación de los miembros, repercutiendo también en otras articulaciones y en la columna vertebral. La cordectomía (extirpación de cuerdas vocales), en la mayoría de los casos se realiza para que no vocalicen ni ladren; este procedimiento es muy frecuente en los criaderos y en general en los caninos/as  de razas pequeñas. En esos sitios  existe habitualmente una gran concentración de animales y en  la mayoría de los casos en condiciones que no cumplen con el bienestar animal. Justamente por el hacinamiento y el maltrato a que son sometidos es que vocalizan continuamente y por esa razón les realizan la práctica de cordectomía.

Este tipo de prácticas aberrantes son realizadas solo para la satisfacción del humano  y no tienen en cuenta el riesgo para los animales que ello implica, comenzando por el acto anestésico hasta las terribles consecuencias para la salud que expusimos precedentemente.

En la actualidad los caninos/as y felinos/as  son animales domésticos de compañía, cuya única finalidad  debe ser, tal como lo indica  la palabra, la compañía,  Hoy en día, en todas las sociedades modernas  se los considera un miembro más de la familia y como tales deben ser respetados, protegidos y cuidados.

Carlos Davis

Fuente: Prensa Legislatura CABA


 
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