EL DEFENSOR
ADJUNTO PIDIÓ PROTECCIÓN PARA LA CASONA
El Castillito
y la Defensoría Porteña
30/06/2009
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La Defensoría del
Pueblo porteño tiene una nueva defensoría adjunta dedicada
al patrimonio y a la identidad barrial. Esta nueva oficina
(creada en el mes de marzo) se dedica a recibir quejas y
denuncias de vecinos cuya temática esté relacionada con el
“planeamiento, la identidad barrial y la preservación
arquitectónica". En apenas tres meses de vida recibió tantas
denuncias como las que se esperaban para todo el primer año
de gestión, lo cual marca el interés de los porteños por su
hábitat. En una de sus medidas advirtió al Ministro de
Desarrollo Urbano sobre la casona de Dolores 438.
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La propiedad de estilo
victoriano, fue construida en 1906, y sostiene un lenguaje
de diseño caracterizado por sus raíces de arquitectura
gótica. Es de destacar su rica ornamentación, sus porches, bow windows y una hermosa torre, todo enfatizado
por la combinación de dos colores, la diversidad de planos,
y la utilización del ladrillo. |
Estas características
únicas dentro de la arquitectura de la zona pueden ser
arrasadas si la propiedad se destina para construir una
torre de departamentos.
La denuncia presentada
por los vecinos de Salvar a Floresta ante la Dirección General
de Interpretación Urbanística del Gobierno de la Ciudad, y
en la Comisión de Planeamiento Urbano de la Legislatura
porteña, pretendió únicamente hacer cumplir la ley vigente.
Y al parecer tuvo una rápida respuesta: la Defensoría del
Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires advirtió al ministro de
Desarrollo Urbano, sobre la espectacular casona de la calle
Dolores 438.
Según la inmobiliaria
Pedro López (que tiene a cargo su venta) está en muy buen
estado de conservación, perfectamente disfrutable, sin
embargo mas de un inversor debe haber soñado con un negocio
corto y rentable: demolerla para construir una torre de
departamentos. Sin embargo, existía un impedimento de peso:
esto es ilegal.
La ley 2548, prorrogada
por ley 3056 hasta el 31 de diciembre de 2010, trata sobre
el procedimiento de Promoción Especial de Protección
Patrimonial de varias construcciones porteñas. Dichas
disposiciones se aplican, entre otros casos, a los inmuebles
emplazados en cualquier parte del territorio de la Ciudad de
Buenos Aires, cuyos planos hayan sido registrados antes del
31 de diciembre de 1941. Es de señalar que la mencionada ley
alude taxativamente a la vivienda en cuestión, dándole esto
otro relieve y especial jerarquía.
Al enterarse de la
existencia de esta norma (y según lo aparecido en el
periódico Página 12) la inmobiliaria Pedro López le avisó al
dueño y elevó una consulta al Gobierno porteño. Desde el
Gobierno le explicaron que la casona estaba protegida por la
ley 3056 y que si bien no podían adelantarle el fallo del
CAAP (Consejo Asesor en Asuntos Patrimoniales) dudaban que
un bien tan valioso fuera "demolible". A partir de esta
circunstancia la propiedad sería "revaluada" y vendida como
vivienda.
Para cubrir cualquier
eventualidad indeseada (léase que la propiedad fuera
demolida, a pesar de todo, entre gallos y medianoche) el
titular de la defensoría adjunta, Gerardo Gómez Coronado, le
pidió al ministerio que informe si alguien ingresó en el
Registro de Obras y Catastro cualquier solicitud de obra, y
si así fuera, cuándo se giró el trámite al CAAP y cuándo se
estima que el CAAP prevé recomendar la catalogación.
Dolores 438
Proteger la identidad
barrial, revalorizar edificios únicos por su tipología,
significa cuidar nuestras joyas arquitectónicas y nuestro
patrimonio como ciudad cultural. Parados en esta tesitura, los vecinos de Salvar a Floresta
continúan su lucha para proteger el barrio que nos legaron
nuestros mayores, el hábitat que le dejaremos a nuestros
hijos.
Carlos Davis
Fuente:
Página 12 - Prensa Salvar
a Floresta - Notas de archivo propio