Para proteger a las
personas, animales y al ambiente
Prohíben
pirotecnia ruidosa
19/12/2025
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Para proteger a chicos, adultos mayores y personas con
autismo, y a los animales y al ambiente, la Ciudad prohibió
el uso de artículos de pirotecnia con “efecto audible” en
todo el territorio porteño. “Prohibimos el uso de pirotecnia
con efecto audible en toda la Ciudad. La pirotecnia sonora
afecta la salud de personas mayores, con TEA y de bebés.
Además, provoca daños a los animales y al ecosistema. Esta
decisión también responde a un pedido que escuchamos de
forma recurrente en las reuniones de vecinos”, sostuvo Jorge
Macri. El Jefe de Gobierno le encomendó a la Agencia de
Protección Ambiental (APRA) adecuar la normativa vigente y
tomar medidas sobre el uso de la pirotecnia.
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Para proteger
a las personas, animales y al ambiente, la Ciudad prohíbe la
pirotecnia
ruidosa “Esta decisión también responde a un pedido que
escuchamos de forma recurrente en las reuniones de vecinos“.
La resolución declara a la Ciudad "zona calma libre de
pirotecnia” y prohíbe el uso de artefactos “con efecto
audible”. |
Y el artículo 4° del
decreto firmado por el Jefe de Gobierno prohíbe además “el
uso de artículos y artificios de pirotecnia y de estruendo
en todo evento o espectáculo organizado por el Sector
Público de la Ciudad de Buenos Aires”.
Ya existía una resolución
de 2020 que definía una “zona calma” en un radio de 100 metros
de distancia de las Reservas Ecológicas Costanera Norte,
Costanera Sur, Lago Lugano, Ecoparque y hospitales, donde se
prohibía el uso de todo tipo de artificios pirotécnicos con
efecto audible. Ahora se amplía a toda la Ciudad.
La Agencia de Protección
Ambiental es el organismo que tiene como misión proteger la
calidad ambiental a través de la planificación, programación y
ejecución de las acciones necesarias para cumplir con la
Política Ambiental de la Ciudad, que es el conjunto de
instrumentos de gestión para preservar la salud y el ambiente de
sus habitantes.
En esta prohibición se
excluyen los artificios pirotécnicos utilizados para emitir
señales de auxilio, para el uso de las Fuerzas de Seguridad y
Defensa Civil y aquellas actividades que por razones de
seguridad requieren necesariamente su empleo.
Como establece el artículo
26 de la Constitución de la Ciudad, “el ambiente es patrimonio
común y toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente sano,
así como el deber de preservarlo y defenderlo, en provecho de
las generaciones presentes y futuras”.
Carlos Davis
Fuente:
Prensa Jefatura de
GCABA