El camino para
acceder a un trabajo
Lanzan "Plan Empleo
Joven"
10/06/2022
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El
Gobierno porteño lleva adelante el "Plan
Empleo Joven" con el objetivo de que
10.000 vecinos de entre 18 y 24 años se inserten en el mundo
laboral durante el año 2023. La
iniciativa busca propiciar la
contratación de este grupo que enfrenta las mayores
dificultades de acceso
al trabajo,
brindándole más y mejores
oportunidades, disminuyendo
asi su tasa de desempleo. El Plan, a cargo del
Ministerio de Desarrollo Económico y Producción
porteño, brindará una asistencia
económica mensual, por un plazo de 12
meses, a fin de solventar parte del
salario de los jóvenes que obtengan un puesto laboral. El
empleador abonará la diferencia hasta
completar el monto del salario acordado.
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A su vez, con
el fin de conectar a los jóvenes con las organizaciones
interesadas, el Gobierno porteño contará con un portal de
empleo que estará disponible en el sitio web oficial. Allí,
los jóvenes podrán inscribirse y cargar sus datos personales,
teniendo las empresas la posibilidad de encontrar
perfiles que se ajusten a sus búsquedas. |
Para su puesta
en marcha, la colaboración público-privada es un eslabón
central. La Ciudad llevará adelante acuerdos con empresas y
organizaciones, cámaras y sindicatos para promover la
igualdad de oportunidades. Los jóvenes podrán ser
beneficiarios a través de sus empleadores, quienes deberán
adherirlos al Plan Empleo Joven dentro de los 20 días
corridos desde la fecha de inicio de la relación laboral.
La asistencia
económica se abonará por medio de transferencia bancaria a
la cuenta personal del trabajador que se abrirá en el Banco
Ciudad. Será de un valor determinado que oscilará en base a
distintos factores, tales como la cantidad de horas
trabajadas (media jornada o jornada completa), el género y
el lugar de residencia. El monto máximo establecido es de
$38.940 y se ajustará de acuerdo a las variaciones del
salario mínimo, vital y móvil.
Nivel
de desempleo en los jóvenes
En la
actualidad, más de 38.000 jóvenes se encuentran desocupados,
de acuerdo a la Encuesta Permanente de Hogares (EPH). Entre
las zonas que registran más desempleo de jóvenes en la
Ciudad, las comunas del Sur y los barrios populares resultan
las más perjudicadas con (34,7%), le siguen comunas del
centro (20,9%) y comunas del Norte (17,2%).
Requisitos de inscripción para jóvenes
Con el fin de poder ser elegidos como
beneficiarios del Plan, los jóvenes
deberán cumplir con las siguientes
condiciones:
Tener
entre 18 y 24 años.
Acreditar residencia en el territorio
porteño.
Encontrarse
desempleados o con un empleo informal
previo a ser incluidos en la solicitud
de adhesión al Plan.
Por el contrario, no podrán aplicar
aquellos jóvenes:
Que
hayan tenido una relación formal previa
en los últimos seis meses con el mismo
empleador que presenta la solicitud de
adhesión al Plan.
Cuya
remuneración bruta mensual supere en
cuatro veces el salario mínimo, vital y
móvil vigente.
Requisitos para los empleadores
La adhesión de los jóvenes al Plan
deberá ser solicitada por los
empleadores a través de la plataforma
“Trámites a Distancia (TAD)” del
Gobierno de la Ciudad. Deberán cumplir
los siguientes requisitos:
Tener
domicilio legal, fiscal o de explotación
en el ámbito de la Ciudad.
No
haber efectuado despidos sin causa de su
nómina de trabajadores en los seis meses
anteriores a la presentación de la
solicitud de adhesión al Plan, en una
cantidad que supere el quince por ciento
de su nómina.
No
registrar incumplimientos a las
obligaciones correspondientes a los
aportes y contribuciones del Sistema
Único de la Seguridad Social respecto
del personal a su cargo, al mes
inmediato anterior a la presentación de
solicitud de adhesión al Plan.
Obligaciones del empleador
Al contratar un joven de 18 a 24 años,
tendrá un plazo de 20 días corridos
contados desde la fecha de inicio de la
relación laboral para adherirlo al Plan
y percibir el beneficio.
Una vez aprobada la solicitud, deberá
cumplir con las siguientes obligaciones:
Abonar
al trabajador la diferencia entre el
monto que brinda la Ciudad y la
remuneración convenida entre las partes.
En ningún caso podrá ser inferior al
salario mínimo, vital y móvil o a la
normativa laboral establecida para el
puesto de trabajo correspondiente según
el convenio colectivo vigente, de
acuerdo a la actividad de la que se
trate.
Realizar los aportes y contribuciones a
la seguridad social, sobre el 100% del
salario.
Cumplir
con la normativa laboral vigente (alta
temprana/ART, entre otras).
Manifestar mensualmente a partir del mes
siguiente de la aprobación de la
inclusión del trabajador al Plan, en
carácter de declaración jurada, su
continuidad y/o baja.
Los detalles del Plan
Empleo
Joven pueden ser consultados haciendo
click aqui.
Carlos Davis
Fuente:
Ministerio de
Desarrollo Económico y Producción del GCBA
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