son
las licencias con fecha de vencimiento entre el
01/01/22 y el
14/02/25
Prorrogan licencias de
conducir
03/10/2021
- El gobierno porteño prorrogó
por dos años la vigencia de las licencias de conducir con
fecha de vencimiento desde el 1 de enero de 2022 hasta el 14
de febrero de 2025, y cuya fecha de expedición original fue
anterior al día 17 de marzo del año 2020. Los titulares de
las licencias que ingresen en esta prórroga deberán
gestionar de manera obligatoria la reimpresión de su tarjeta
plástica con la nueva fecha de caducidad.
Este trámite se realiza de forma exclusivamente online y
podrá cumplirse a partir de los 30 días que anteceden al
vencimiento original. Por otro lado, se vuelve a atender la
solicitud de licencias para nuevos conductores.
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Las licencias
cuyo vencimiento fue prorrogado por única vez en los
períodos 2020 y 2021 no podrán adherirse a esta extensión de
plazos. La norma sólo incluye entonces a las licencias con
fecha de vencimiento entre el 01/01/22 y el 14/02/25. Los
conductores deberán realizar el trámite de reimpresión de la
tarjeta plástica. |
De acuerdo al
Plan Integral y Gradual de Puesta en Marcha de la Ciudad se
habilitaron diferentes servicios para atender las
necesidades de los vecinos. Entre ellas, la solicitud de
licencias para nuevos conductores y la ampliación de una
licencia existente a otra categoría o a otro tipo de
vehículo. Por ejemplo, de la categoría particular a
profesional o de una moto a un automóvil.
Durante este
año, la Ciudad abrió una nueva pista para que los vecinos
puedan obtener sus licencias de conducir. La misma está
ubicada en Avenida Costanera Rafael Obligado 185, en el
norte de la Ciudad. Esta nueva pista amplía un 10% la
cantidad de turnos disponibles y les acerca a los vecinos
una nueva opción para realizar el examen práctico de manejo.
Podrán usarla tanto los porteños que quieran obtener por
primera vez su licencia como aquellos que necesiten
ampliarla a otras categorías.
Decreto
de Necesidad y Urgencia N.º 11/21
Artículo
1°.- Prorrógase hasta el 31 de octubre de 2021, la
emergencia sanitaria declarada por Decreto de Necesidad y
Urgencia N° 1/20 y sus modificatorios, en el ámbito de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con la finalidad de atender
y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el
riesgo de propagación del contagio en la población del
coronavirus (COVID-19), contemplando el funcionamiento de
las actividades autorizadas en el marco de los protocolos
aprobados para cada caso.
Artículo
2°.- Prorrógase, por el término de dos (2) años, la
vigencia de las licencias de conducir cuyo vencimiento
original opere entre los días 1° de enero de 2022 y el día
14 de febrero de 2025, emitidas antes de 17 de marzo del año
2020.
Artículo
3°.- Establécese para aquellos titulares de licencias
comprendidos dentro de la prórroga establecida en el
artículo 2° la obligación de tramitar la “Reimpresión de
licencia de conducir con dos años de extensión – Covid-19”,
en la cual constará la nueva fecha de vencimiento de la
habilitación.
Artículo
4°.- Facúltase a la Dirección General Habilitación de
Conductores, dependiente de la Subsecretaría de Servicios al
Ciudadano de la Secretaría de Atención Ciudadana y Gestión
Comunal de la Jefatura de Gabinete de Ministros a dictar las
normas complementarias que estime necesarias a fin de hacer
efectiva la medida establecida en los artículos 2° y 3°.
Artículo
5°.- El presente Decreto es refrendado por los/las
señores/as Ministros/as del Poder Ejecutivo y por el Jefe de
Gabinete de Ministros.
Artículo
6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de
Buenos Aires, comuníquese a todos los Ministerios,
Secretarías y Entes Descentralizados para su conocimiento y
demás efectos. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA -
González Bernaldo de Quirós - Migliore - D´Alessandro -
Acuña - Muzzio - Giusti - Avogadro - Screnci Silva - Mura -
Miguel
Carlos Davis
Fuente: Prensa
Secretaría de Atención
Ciudadana y Gestión Comunal
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