Kiosco de La Floresta y Locomotora La Porteña

  Escudo de Floresta

Floresta: nombre dado por Ordenanza N° 26.607 B.M. 14.288

con aforo del 30% y protocolo sanitario

Reabren Templos e Iglesias

17/06/2021 - Habilitaron los eventos religiosos en lugares cerrados, con un aforo del 30 por ciento. La medida se adoptó tras evaluar un pedido de los diferentes credos ante la Secretaría de Culto. La decisión gubernamental  permitirá que los eventos religiosos en iglesias y lugares cerrados se puedan realizar respetando, como máximo, un aforo del 30 por ciento en zonas de alarma y de alto riesgo epidemiológico y sanitario por el coronavirus. La disposición del Gobierno Nacional se concretó a través de la Decisión Administrativa 593/2021, publicada en el Boletín Oficial. La decisión lleva la firma del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y de la ministra de Salud, Carla Vizzotti.

La medida se adoptó tras evaluar un pedido de los diferentes credos realizado ante la Secretaría de Culto de la Nación, que conduce Guillermo Oliveri, el cual canalizó la solicitud ante la Jefatura de Gabinete que encabeza Santiago Cafiero. Con el visto bueno de la Ministra Carla Vizzotti finalmente fue publicado y puesto en vigencia.

El artículo 1 de la norma dispone que se exceptúa de "la suspensión dispuesta en el inciso e) del artículo 16 del Decreto N° 287/21, prorrogado por sus similares N° 334 y N° 381/21, en los lugares considerados como de alto riesgo epidemiológico y sanitario y en situación de alarma epidemiológica y sanitaria, a la realización de eventos religiosos en lugares cerrados donde deberá observarse, como máximo, un 30 % de aforo".

En el artículo siguiente se aclara que quienes asistan deben cumplir con las "Reglas de Conducta Generales y Obligatorias para disminuir el riesgo de contagio de COVID-19 y de los protocolos vigentes en cada jurisdicción".

Asimismo, los participantes deben asistir con tapabocas, mantener el distanciamiento social, cuidar el lavado de manos, mantener la sanitización del lugar y tener disponible alcohol en gel.

Esta medida se da en el marco de la importancia de "ampliar, reducir o suspender las normas previstas, de acuerdo a la evaluación del riesgo epidemiológico y sanitario, previa intervención de la autoridad sanitaria nacional".

Carlos Davis

Fuente: Telam


 
Volver

29 de Agosto
Día del Barrio de
 Floresta

39.474 hab.
 2.4 km2
(
2.320.158,49 m2)
16447,5 hab/km2

21.395 Mujeres
18.079 Hombres
(Datos julio 2001)

LIMITES
(según Ley N° 2650/08)

Av. Directorio,
 Portela, Cuenca, Av. Gaona Joaquín V. González, Juan Agustín García, Segurola, Mariano Acosta.

PERÍMETRO
7.523,45 m


FIRME NUESTRO LIBRO DE VISITAS

Libro de visitas de La Floresta


Estadísticas & Visitantes

ESTADÍSTICAS
 & VISITANTES