se
dio a conocer quienes deben reimprimir su
licencia de conducir
Reimpresión de
licencias
12/12/2021 -
De acuerdo a lo establecido por el DNU 11/21 del GCBA,
las licencias de conducir emitidas con anterioridad al 17 de
marzo 2020, que vencen entre el 1 de enero de 2022 y el 14
de febrero de 2025 deberán ser reimpresas y contarán con dos
años de prórroga a contar desde la fecha de vencimiento
original. El trámite podrá iniciarse a partir de los treinta días
anteriores a la fecha de su vencimiento. La solicitud no se
encontrará habilitada antes de dicho plazo para facilitar el
acceso a quienes tengan que contar con su licencia. La
reimpresión de la licencia se realiza de manera online desde
la web
buenosaires.gob.ar sin necesidad de acudir a una
oficina de manera presencial.
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En la misma página el titular de la licencia debe
precisar un domicilio para la entrega de la nueva licencia.
El mismo debe estar sí o sí dentro de la Ciudad de Bs
As. Opcionalmente se podrá autorizar a un tercero a recibir
la licencia, para lo cual será necesario informar el número
de Documento Nacional de Identidad de quien
lo recibe. |
Para los titulares de las licencias emitidas con
anterioridad al 17 de marzo de 2020, con vencimiento entre
el 15 de febrero de 2020 y el 31 de diciembre de 2021 el
trámite de reimpresión es opcional. Así lo dispuso el DNU 1/21 GCBA que habilitó la prórroga para este período en forma
automática con el objetivo de facilitar el trámite a quienes
debían viajar al extranjero en el momento más álgido de la
pandemia.
Requisitos para la reimpresión obligatoria de la licencia
de conducir en CABA
Tener licencia de conducir emitida en CABA con
vencimiento a partir del 01/01/2022.
Tener domicilio en la Ciudad de Buenos Aires y/o
designar a un tercero para que reciba la licencia en la
Ciudad.
Realizar la solicitud a partir de los 30 días anteriores
a la fecha de vencimiento original.
La fecha de emisión de tu última licencia debe ser
anterior al 17/03/2020.
Abonar el Certificado Nacional de Antecedentes de
Tránsito (CENAT), que tiene 60 días de validez.
Encontrarse libre de deuda de infracciones.
No haber modificado tu aptitud psicofísica, lo cual
deberás consignar bajo declaración jurada.
Abonar la Boleta BUI.
Carlos Davis
Fuente:
Prensa
Secretaría de
Atención Ciudadana y Gestión Comunal CABA