espacios comunes en
edificios - aprobaron
el protocolo de uso
Prevención en
edificios
05/09/2020
- La
Ciudad aprobó esta semana la apertura de
ciertos espacios comunes en edificios de propiedad
horizontal. La disposición reglamenta
el uso de parrillas, terrazas, canchas de tenis,
parques, correderas o terrazas y lavadero (laundry).
Estos espacios fueron cerrados luego de que se
decretó la emergencia sanitaria y el consiguiente
aislamiento obligatorio. La norma ordena la
implementación de un sistema de
turnos que habilite la reserva de los espacios por un tiempo
establecido de uso. Sólo podrán utilizar las
instalaciones quienes vivan en el edificio (propietarios e
inquilinos), usando tapabocas y respetando la distancia
social.
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El nuevo
protocolo dispuesto por las autoridades porteñas fija una
serie de lineamientos que deberán ser respetados para evitar
los contagios. La primera de las cuestiones es que sólo las
familias que viven en el lugar podrán utilizar estos
espacios. No pueden acceder a estos sitios las personas que
son ajenas al edificio. |
Tampoco
podrán hacer uso de estos
espacios aquellos
consorcistas que integran el
grupo llamado “de riesgo”:
mayores de 60 años,
pacientes con enfermedades
respiratorias crónicas, con
enfermedades cardíacas o
inmunosuprimidos, por
ejemplo.
Las medidas
básicas y obligatorias de cuidado dispuestas para evitar los
contagios son: el uso del tapabocas, el mantenimiento de la
distancia social de 1.5 metros dentro de las instalaciones y
la limpieza y desinfección de las superficies entre cada
uso. Asimismo, se establece que sólo podrán utilizarse los
sectores definidos siempre y cuando permitan la ventilación.
Los espacios habilitados se podrán utilizar los días y
horarios que se hayan establecido en el reglamento de
copropiedad.
En el caso de
las parrillas, se recomienda la presencia de una sola
persona que cocine y luego lleve los alimentos al
departamento. Si el lugar cuenta con un quincho, podrán
hacer uso de las instalaciones solo los cohabitantes de una
misma unidad funcional. Al finalizar las actividades en el
sector de parrillas, se deberán desinfectar las superficies
como mesadas o bordes de parrilla con el uso de alguno de
los productos recomendados por la autoridad sanitaria, como
lavandina, alcohol o soluciones sanitizantes.
Respecto del
uso de parques, correderas y terrazas; se establece el
ingreso de una persona cada 15m2, debiendo cada consorcio
establecer la cantidad máxima que pueden acceder en
simultáneo a cada uno de estos espacios. Se recomienda un
tiempo máximo de ocupación de 45 minutos y turno previo. Se
deberá utilizar tapabocas como elemento de protección
individual durante todo el tiempo que la persona permanezca
o transite dentro de los mismos.
El protocolo
también establece medidas de higiene respiratoria aplicables
a todos los espacios para minimizar riesgos. A las ya
conocidas como no salivar, toser o estornudar sobre el
pliegue del codo, se agrega que, en caso de contar con
pañuelos de papel, se deberán desechar inmediatamente en el
cesto más cercano para evitar la diseminación de
secreciones.
Las canchas de
tenis podrán utilizarse por 60 minutos con turno previo y en
la modalidad single; es decir, solo dos personas podrán
disputar un partido. Los jugadores deberán acceder con
barbijo y solo se lo podrán retirar a la hora de la
práctica. Cada uno deberá proveerse una botella de agua de
uso individual, toallas y demás pertenencias que lleven
consigo. No podrá ingresar público ni terceros y no se
aconseja el uso de muñequeras.
El ingreso a
la cancha se realizará manteniendo la distancia social y de
a un jugador por vez, debiendo dejar cada uno en los
extremos opuestos de la misma sus pertenencias. Se deberá
realizar la limpieza del calzado con bandeja sanitizante
antes y después de la práctica deportiva, así como también
la desinfección del material personal de juego o el
auxiliar. Cada jugador contará con su raqueta de tenis sin
poder compartirla.
Respecto del
uso del sector de lavadero o laundry el protocolo establece
que se deberá llevar la ropa sucia en bolsas y vaciarlas por
completo directo en el lavarropas, sin sacudirlas, ni tocar
ningún otro implemento de la lavandería. En caso de tocar
bordes o superficies en el proceso, se deberá limpiar
inmediatamente las zonas con alguna solución desinfectante.
Una vez
terminado el lavado, habrá que higienizarse las manos antes
de retirar la ropa limpia. De ser posible, se deberá
disponer de un rociador con agua y lavandina diluida, y
toallitas descartables para pasar sobre las superficies
antes de retirarse del lugar.
Los
administradores deberán informar a los consorcistas todas
las medidas adoptadas para evitar los contagios en los
nuevos espacios habilitados y así facilitar su cumplimiento.
Ambas partes, consorcistas y administradores, deberán
coordinar el uso de un sistema de turnos que sea
transparente para todos. Ante la presencia de casos
sospechosos es importante actuar conforme a lo establecido
por la autoridad sanitaria a través de los distintos canales
que dispone la Ciudad: la página web buenosaires.gob.ar, la
línea de Whatsapp 11-5050-0147 o llamando a la línea
gratuita 147.
La secretaría
de Atención Ciudadana y Gestión Comunal aplica, a través del
Registro Público de Administradores de Consorcios, la Ley
941 que regula la actividad de los Administradores de
Consorcios en la Ciudad de Buenos Aires.
Carlos Davis
Fuente:
Prensa
Secretaría de Atención Ciudadana y Gestión Comunal