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Floresta: nombre dado por Ordenanza N° 26.607 B.M. 14.288

Consejos fundamentales para alquilar por primera vez

Vivir Solos

24/11/2020 -  La emancipación constituye un cambio fundamental en la vida de cualquier persona. Es un paso hacia la independencia, pero también implica muchas responsabilidades y, las primeras, tienen que ver con el momento de alquilar. En este punto, es necesario tener en cuenta que un contrato inmobiliario incluye obligaciones para las dos partes (inquilino y propietario). Estas deberán cumplirse para evitar inconvenientes más graves, que pueden desembocar en la Justicia.  Para evitar inconvenientes y que nuestra primera experiencia viviendo solos sea la mejor, en esta nota, repasamos algunos consejos para tener en cuenta antes de alquilar.

Garantías para alquilar
Antes de alquilar un inmueble, es necesario presentar garantías que respalden nuestra capa
cidad económica para cumplir con el contrato. Por ello, generalmente se solicitan garantías de propiedad. Sin embargo, pocas personas tienen la capacidad de presentar este tipo de garantías.

Desde Afortunadamente, según la nueva Ley de Alquileres, el inquilino puede optar entre diversas opciones para presentar:

  Título de propiedad de inmueble
  Aval bancario
  Garantía personal del inquilino (recibo de sueldo, certificado de ingresos o similares)
  Garantía de fianza o fiador solidario
  Seguro de caución

Este último es una de las soluciones más elegidas puesto que se trata de una opción rápida, simple y accesible económicamente. Es posible adquirir un seguro de caución de manera 100% online y tarda, aproximadamente, 24hs.

Entrega del inmueble

Una vez firmado el contrato, se entregará la vivienda. En este punto, es importante tener en cuenta que el propietario debe garantizar que el inmueble esté en un estado apropiado para su uso.

A su vez, es recomendable que el inquilino recorra la vivienda, realizando un inventario de todas las irregularidades del lugar, como roturas u otros inconvenientes. Una vez terminado, deberá presentarlo en la inmobiliaria para que lo firmen. En el caso de que se nieguen, puede enviarse por correo o por carta documento.

¿Qué pasa si se rompe algo?

Es responsabilidad del propietario ocuparse de todas las reparaciones necesarias del inmueble. Además, está obligado a descontar el precio del alquiler durante el tiempo que se efectúen las reparaciones.

En caso de que se niegue o no responda, el inquilino puede realizar la reparación con cargo al locador, una vez transcurridas al menos 24 horas luego de la notificación.  En el caso de no ser urgente, el locatario deberá intimar al propietario para que las realice antes de los 10 días corridos.

¿Quién debe abonar las expensas extraordinarias?

Según la nueva ley de alquileres, el inquilino solo debe pagar los gastos mensuales comunes. Es decir, los gastos de luz, agua, limpieza, etc.

En el caso de gastos extraordinarios, es el propietario quien debe hacerse cargo. Sin embargo, es importante estar atentos porque muchas veces estos gastos no se discriminan como “expensas extraordinarias”, sino que vienen incluidos en el total.

Por ello, es fundamental revisar mensualmente el detalle de las expensas con atención. Si detectamos gastos como arreglos, cambio de matafuegos o reparaciones de cualquier tipo, debemos informar al propietario para que los abone o los descuente del alquiler.


 
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29 de Agosto
Día del Barrio de
 Floresta

39.474 hab.
 2.4 km2
(
2.320.158,49 m2)
16447,5 hab/km2

21.395 Mujeres
18.079 Hombres
(Datos julio 2001)

LIMITES
(según Ley N° 2650/08)

Av. Directorio,
 Portela, Cuenca, Av. Gaona Joaquín V. González, Juan Agustín García, Segurola, Mariano Acosta.

PERÍMETRO
7.523,45 m


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