La
Ciudad adhirió a la Ley Nacional de Cannabis Medicinal
Aprueban el
Cannabis Medicinal
19/11/2020
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La Legislatura porteña aprobó la Ley a través de la cual la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires adhiere a la Ley Nacional Nº 27.350
de “Investigación Médica y Científica del uso Medicinal de
la Planta de Cannabis y sus derivados” y fija un marco
regulatorio para el acceso informado y seguro, la
investigación, el uso científico y la producción pública del
cannabis y sus derivados como recurso terapéutico en el
ámbito de la Ciudad. "De esta manera se garantiza el acceso
efectivo a tratamientos de salud para las personas que lo
necesiten”, sostuvo la legisladora del Frente de Todos,
María Rosa Muiños, una de
las principales impulsoras de la Ley aprobada por la
unanimidad del Cuerpo.
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“La Ley local
establece los marcos legales para garantizar la
investigación, con el objeto de afianzar y mejorar los
tratamientos hasta hoy conocidos. Es una Ley de consenso que
da respuestas concretas a una necesidad que está latente en
la sociedad y en un montón de mamás que tratan de darle una
mejor vida a sus hijos". |
La legisladora Muiños llevó
adelante la iniciativa junto a los legisladores del bloque UCR-Evolución, Leandro Halperín, Ariel Álvarez Palma, María
Inés Gorbea, Marcelo Gouman; Juan Francisco Nosiglia, Martín
Ocampo, Manuela Thourte, María Patricia Vischi y Diego Weck.
“Queremos que la Ciudad garantice el derecho a la salud
en lugar de criminalizar la utilización de cannabis con
fines medicinales, ya que en los últimos años, tanto la
ciencia como la medicina, han comenzado a divulgar sus
efectos positivos para determinadas dolencias, epilepsia
refractaria, espasticidad y espasmos dolorosos en esclerosis
múltiple, reducción de náuseas y vómitos. Este es un paso
esencial, pero es el primero. Necesitamos llegar a más
consensos para lograr una Ley todavía mejor”, indicó la
vicepresidenta 2da. de la Legislatura.
La normativa dispone que el Ministerio de Salud porteño,
en tanto autoridad de aplicación, promoverá “la
investigación y capacitación de la siembra, de acuerdo a lo
que establezca la reglamentación”, e impulsará “estudios e
investigaciones clínicas para profundizar conocimientos y
crear nuevos saberes”, que cuenten con la participación de
asociaciones civiles, entes estatales como hospitales
públicos y universidades, y la Administración Nacional de
Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT).
Respecto del cultivo, la Ley indica que “Todo paciente o
representante legal, tutor o curador de paciente que se
encuentre comprendido en las previsiones de la Ley N° 27.350
está habilitado a sembrar, cultivar o guardar cannabis en
las cantidades y formas que determine la legislación
vigente. El Ministerio de Salud deberá previamente autorizar
y establecer mecanismos de aprobación, tanto en la normativa
sobre el cultivo como en el aceite producido. A tal fin, se
solicitará al INTA y a la ANMAT las colaboraciones técnicas
correspondientes”.
Asimismo, se creará el “Consejo Asesor de Políticas
relacionadas al Cannabis”, conformado por representantes de
asociaciones civiles especializadas, representantes de los
usuarios, profesionales e investigadores de universidades.
Por último, el Ministerio de Salud gestionará y tramitará
ante el Estado Nacional las autorizaciones y los convenios
necesarios para garantizar la provisión del cannabis
conforme a las exigencias legales de calidad, seguridad y
eficacia requeridos por la ANMAT; y todas aquellas
autorizaciones legales, acciones y medidas tendientes a
proteger y mejorar la salud pública y la calidad de vida de
la población mediante la investigación, convenios de
colaboración con universidades, CONICET, INTA y otros
organismos y entidades de la Ciudad, nacionales y/o
extranjeras.
Carlos Davis
Fuente:
Prensa
Legislatura porteña