PROYECTO PARA 
					ASISTIR A PERSONAS EN SITUACIÓN DE CALLE
					
					Situación de 
					calle y enfermedad
                  
					20/03/2020
					- 
					El Frente de 
					Todos presentó en la Legislatura porteña un 
					proyecto de ley con propuestas para asistir a la población 
					en situación de calle de la Ciudad, en el marco de la 
					pandemia del coronavirus. Los Legisladores coautores de la 
					iniciativa comentaron que "según cifras del último censo 
					popular, hay 7.251 personas en situación de calle en la 
					ciudad, de las cuales 5.412 no tienen acceso a paradores ni 
					establecimientos con convenio con el Gobierno porteño". La 
					idea es "establecer la emergencia por un 
					plazo de un año a los servicios socio-asistenciales 
					dirigidos a personas en situación de calle y riesgo de 
					situación de calle".
                  
                    
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					El proyecto 
					dispone "la puesta en marcha y fortalecimiento de programas 
					como el operativo frío; la ampliación, apertura y 
					mantenimiento de lugares de alojamiento con personal de 
					enfermería capacitado. Se le dará prioridad en el acceso a 
					alojamientos y programas a los mayores de 60 años. | 
                  
					
					
					
					
					También 
					tendrán un trato prioritario las embarazadas, las niñas, 
					niños y adolescentes 
					y personas con discapacidad o con alguna enfermedad 
					cardiaca, respiratoria o diabetes". 
					
					La iniciativa, 
					firmada por Cecilia Segura, Laura Velasco, Victoria 
					Montenegro, María Bielli y Manuel Socías, "establece la 
					emergencia por un plazo de un año a los 
					servicios socio-asistenciales dirigidos a personas en 
					situación de calle y riesgo de situación de calle", según un 
					comunicado. 
					
					Además, el 
					proyecto dispone "la puesta en marcha y fortalecimiento de 
					programas y dispositivos como el 'operativo frío'; la 
					ampliación, apertura y mantenimiento de lugares de 
					alojamiento con personal de enfermería capacitado; provisión 
					de elementos de higiene, profilaxis y material informativo y 
					prioridad en el acceso a alojamientos y programas para 
					mayores de 60 años, embarazadas, niñas, niños y adolescentes 
					y personas con discapacidad o con alguna enfermedad 
					cardiaca, respiratoria o diabetes". 
					
					Asimismo, 
					establece "un aumento del 100%, facilidades de gestión y 
					asignación en 48 horas para el subsidio habitacional".
					
					
					"Para las 
					personas en situación de calle es muy difícil cumplir con 
					las medidas de higiene y aislamiento social que se están 
					estableciendo para toda la ciudadanía, por eso resulta 
					urgente poner en marcha políticas públicas para mitigar el 
					contagio entre la población más vulnerable y el conjunto de 
					la sociedad", explicó Segura. 
					
					Velasco, en 
					tanto, afirmó que "si bien la población en situación de 
					calle se presenta ya como un problema estructural para la 
					Ciudad de Buenos Aires, en el marco del crecimiento de la 
					pobreza y la indigencia, la situación extraordinaria de 
					emergencia sanitaria que hoy vivimos nos obliga a tomar 
					conciencia de la necesidad de implementar políticas públicas 
					para cuidar estas ciudadanas y ciudadanos en situación de 
					extrema vulnerabilidad".
					
					
					Proyecto de 
					Resolución
					
					Artículo 1°.- 
					La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires 
					solicita al Poder Ejecutivo que en un plazo de 30 (treinta) 
					días de recibida la presente, y a través de los organismos 
					que correspondan y con copia de documentación respaldatoria, 
					informe sobre los siguientes puntos referidos a las medidas 
					de prevención del contagio del coronavirus 2019-nCoV en 
					relación a las personas en situación de calle: 
					
					1. Informe si 
					existe un Plan de acción concreto o protocolos específicos 
					para evitar contagios y potenciales situaciones de riesgo de 
					las personas en situación de calle. De existir protocolo 
					específico adjuntar. 
					2. Especifique 
					todas las medidas de prevención de contagio de coronavirus 
					2019-nCoV destinadas a la población en situación de calle.
					
					3. Mencione 
					las alternativas previstas al aislamiento social. En caso de 
					haberse realizado, qué acondicionamiento se previeron en los 
					lugares de alojamiento actuales para que no resulten focos 
					de contagio. 
					4. Acompañe 
					nómina de los centros de alojamiento. Indicando la cantidad 
					de personas alojadas en cada uno de ellos, desagregado 
					mujeres, niñas y niños. 
					5. Describa 
					cuáles son las condiciones sanitarias de dichos 
					alojamientos, especificando las medidas puntuales 
					implementadas en relación con las recomendadas por el 
					Ministerio de Salud. 
					6. Especifique 
					si se proyectan aperturas de centros de alojamiento de 
					emergencia con las condiciones sanitarias correspondientes 
					ante un agravamiento de la situación. En caso de ser 
					afirmativo, en qué comunas. 
					7. Informe 
					sobre insumos de higiene distribuidos tales como equipos de 
					higiene personal, y todo lo que contribuya a su cuidado y 
					prevención. Cantidad distribuida y modos y lugares de 
					distribución. 
					8. Indique la 
					cantidad de trabajadores/as con que cuenta Atención Social 
					Inmediata (Línea 108) y Buenos Aires Presente (BAP). 
					9. Detalle con 
					qué equipamiento contarán y qué capacitación específica 
					recibirán los/as trabajadores/as de Atención Social 
					Inmediata (Línea 108), Buenos Aires Presente (BAP), Hogares, 
					Paradores y Refugios tanto del Gobierno de la Ciudad como 
					conveniados. 
					10. Formule la 
					cantidad de llamadas recibidas por dia a la Línea 108 de 
					Atención Social de la Caba con la finalidad de informar y 
					solicitar asistencia a las personas que se encuentran en 
					situación de calle 
					11. Describa 
					las acciones tendientes a la promoción y difusión de toda 
					información útil y oportuna relativa a los derechos, 
					programas de gobierno y garantías existentes para las 
					personas en situación de calle o en riesgo a la situación de 
					calle. 
					12. Informe 
					sobre subsidios económicos otorgados a fin de brindar 
					asistencia a las familias en situación de calle con fines 
					habitacionales a través del Programa de atención para 
					Familias en Situación de Calle. Notifique si se contemplan 
					subsidios extraordinarios debido a la emergencia sanitaria. 
					
					Artículo 2°.- 
					Comuníquese, etc. 
					
					Fundamentos
					
					
					
					Sr. 
					Presidente: El día 12 de marzo de 2020 se decretó la 
					emergencia sanitaria en todo el país por el plazo de un año. 
					En el artículo 1° manifiesta “Amplíase la emergencia pública 
					en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541, en 
					virtud de la Pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL 
					DE LA SALUD (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19, 
					por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en 
					vigencia del presente decreto, el que podrá ser prorrogado 
					en caso de persistir la situación epidemiológica”
					
					El Artículo 
					4°, inciso C de la Ley 3706 de Protección y garantía 
					integral de los derechos de las personas en situación de 
					calle y en riesgo a la situación de calle de la Legislatura 
					de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece que: “Es 
					deber del Estado de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires 
					garantizar: La formulación e implementación de políticas 
					públicas en materia de salud, educación, vivienda, trabajo, 
					esparcimiento y cultura elaboradas y coordinadas 
					intersectorial y transversalmente entre los distintos 
					organismos del estado” 
					
					Frente a una 
					emergencia de salud, como lo es la pandemia coronavirus 
					2019-nCoV, los grupos con derechos vulnerados quedan más 
					desprotegidos aún.
					
					Las personas 
					en situación de calle, tanto las que permanecen en el 
					espacio público como en Hogares, Paradores y Refugios del 
					Gobierno de la Ciudad o conveniados, entendemos que son una 
					población que ante esta situación queda extremadamente 
					expuesta. 
					
					Conforme Censo 
					Popular de Personas en Situación de Calle realizado en 2019 
					por organizaciones sociales e instituciones de la Ciudad 
					existen 7.251 personas en situación de calle efectiva. De 
					ellas, 5412 no tienen acceso a paradores, ni a 
					establecimientos con convenio con el gobierno de la ciudad, 
					es decir que duermen en la vía pública. El 80% son varones, 
					el 19% son mujeres y el 1% declara ser travesti o trans. 871 
					son niñes y 40 son mujeres embarazadas. 
					
					A su vez la 
					situación de estas personas preocupa especialmente por el 
					nivel de vulnerabilidad y porque las medidas de aislamiento 
					que se proponen son difíciles de cumplir por el hacinamiento 
					que existe en la mayoría de los espacios.
					
					
                  					
                  					
                  					Carlos Davis
					
					
						
					Fuente: 
					Telam - Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires