REGRESAN
A
LA
ACTIVIDAD
A
PARTIR
DEL
LUNES
27
DE
JULIO
Abren las
galerías de arte
26/07/2020
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Bajo un
protocolo que establece normas de seguridad ante el Covid
19, las galerías de arte de la ciudad de Buenos
Aires volverán a abrir sus puertas el próximo lunes 27. El
protocolo de funcionamiento fue elaborado en forma conjunta entre el
Ministerio de Cultura de la Ciudad y la Cámara Argentina de
Galerías de Arte Contemporáneo, Meridiano, que agrupa 48
espacios, y permitirá a las galerías retomar su actividad de
manera segura y teniendo en cuenta algunas restricciones
como los días y horarios de funcionamiento. Sólo podrán
abrir de lunes a viernes y de 11 a 21 hs.
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El público
concurrente al local debe calcularse en la medida de una
persona cada 15m2
del espacio destinado a la atención al público. Acorde al protocolo podrán estar en funcionamiento de
lunes a viernes, entre las 11 y las 21 hs pudiendo recibir
visitas con turno previo de acuerdo a la terminación del
número del Documento de Identidad. |
Los días pares podrán
concurrir las personas con terminación en número
par, y los días impares aquellos con DNI terminado en número impar.
Los visitantes deben concurrir con DNI. A su vez, las visitas
deben organizarse con espacios de 30 min entre una y otra.
Objetivos del protocolo
El objetivo del presente documento es el de efectuar
recomendaciones generales para que los titulares de galerías
de arte tomen las acciones necesarias en el ámbito de la
realización de aquellas con el objeto de prevenir de manera
adecuada el COVID-19 en empleados y clientes/concurrentes al
establecimiento y puedan, asimismo, tomar las medidas o un
plan de acción a seguir ante la ocurrencia de casos
sospechosos y confirmados, acorde a las normas dictadas por
los organismos jurisdiccionales.
En atención a la particularidad de cada actividad, sobre la
cual le será de aplicación el presente documento, constituye
una recomendación de atender a los presupuestos que lo
integran, el cual puede ser ampliado o modificado en base a
la situación epidemiológica (la nueva información que se
disponga de la pandemia en curso) y cualquier otra
particularidad que resulte significativa a fin de
salvaguardar la salud de las personas.
Personal desafectado - Grupos de riesgo
Dentro de la nómina de personal que desarrolle las
actividades de comercio minorista, están dispensadas del
deber de asistencia al lugar de trabajo, de acuerdo a lo
establecido por el Poder Ejecutivo Nacional, a través de la
Resolución N° 207/2020 del Ministerio de Trabajo, Empleo y
Seguridad Social, en su artículo 1°, las siguientes personas
incluidas en los grupos de riesgo y aquellas cuya presencia
en el hogar resulte indispensable para el cuidado del niño,
niña o adolescente, a saber:
a.- Trabajadores y trabajadoras mayores de sesenta (60)
años de edad, excepto que sean considerados “personal
esencial para el adecuado funcionamiento del
establecimiento”. Se considerará “personal esencial” a todos
los trabajadores del sector salud.
b.- Trabajadoras embarazadas
c.- Trabajadores y trabajadoras incluidos en los grupos de
riesgo que define la autoridad sanitaria nacional. Dichos
grupos, de conformidad con la definición vigente al día de
la fecha, son:
1.- Enfermedades respiratorias crónica: enfermedad
pulmonar obstructiva crónica [EPOC], enfisema congénito,
displasia broncopulmonar, bronquiectasias, fibrosis quística
y asma moderado o severo.
2.- Enfermedades cardíacas: Insuficiencia cardíaca,
enfermedad coronaria, valvulopatías y cardiopatías
congénitas.
3.- Inmunodeficiencias.
4.- Diabéticos, personas con insuficiencia renal crónica
en diálisis o con expectativas de ingresar a diálisis en los
siguientes seis meses.
Días y horarios de atención
Los establecimientos solo podrán funcionar de Lunes a
Viernes. El horario de apertura y cierre podrá ser entre las
11.00 horas y hasta las 21.00 horas respectivamente.
Asimismo, todas las visitas se regirán bajo la modalidad con
cita previa respetando el esquema de diferenciación de
acuerdo al número de terminación del DNI, con la finalidad
de disminuir la afluencia de personas en los locales.
En consecuencia, los días impares se atenderá a personas
cuyo DNI termine en un número impar y los días pares, a
aquellas con terminaciones pares de documento. Los clientes
deberán concurrir con su Documento Nacional de Identidad.
Aquellos lectores que deseen acceder al
protocolo completo de funcionamientbo de las galerías de
arte deben hacer
click aquí.
Carlos Davis
Fuente:
Prensa
Ministerio de Cultura GCABA.