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Floresta: nombre dado por Ordenanza N° 26.607 B.M. 14.288

REGRESAN A LA ACTIVIDAD A PARTIR DEL LUNES 27 DE JULIO

Abren las galerías de arte

26/07/2020 - Bajo un protocolo que establece normas de seguridad ante el Covid 19, las galerías de arte de la ciudad de Buenos Aires volverán a abrir sus puertas el próximo lunes 27. El protocolo de funcionamiento fue elaborado en forma conjunta entre el Ministerio de Cultura de la Ciudad y la Cámara Argentina de Galerías de Arte Contemporáneo, Meridiano, que agrupa 48 espacios, y permitirá a las galerías retomar su actividad de manera segura y teniendo en cuenta algunas restricciones como los días y horarios de funcionamiento. Sólo podrán abrir de lunes a viernes y de 11 a 21 hs.

El público concurrente al local debe calcularse en la medida de una persona cada 15m2 del espacio destinado a la atención al público. Acorde al protocolo podrán estar en funcionamiento de lunes a viernes, entre las 11 y las 21 hs pudiendo recibir visitas con turno previo de acuerdo a la terminación del número del Documento de Identidad.

Los días pares podrán concurrir las personas con terminación en número par, y los días impares aquellos con DNI terminado en número impar. Los visitantes deben concurrir con DNI. A su vez, las visitas deben organizarse con espacios de 30 min entre una y otra.

 Objetivos del protocolo

El objetivo del presente documento es el de efectuar recomendaciones generales para que los titulares de galerías de arte tomen las acciones necesarias en el ámbito de la realización de aquellas con el objeto de prevenir de manera adecuada el COVID-19 en empleados y clientes/concurrentes al establecimiento y puedan, asimismo, tomar las medidas o un plan de acción a seguir ante la ocurrencia de casos sospechosos y confirmados, acorde a las normas dictadas por los organismos jurisdiccionales.

En atención a la particularidad de cada actividad, sobre la cual le será de aplicación el presente documento, constituye una recomendación de atender a los presupuestos que lo integran, el cual puede ser ampliado o modificado en base a la situación epidemiológica (la nueva información que se disponga de la pandemia en curso) y cualquier otra particularidad que resulte significativa a fin de salvaguardar la salud de las personas.

 Personal desafectado - Grupos de riesgo

Dentro de la nómina de personal que desarrolle las actividades de comercio minorista, están dispensadas del deber de asistencia al lugar de trabajo, de acuerdo a lo establecido por el Poder Ejecutivo Nacional, a través de la Resolución N° 207/2020 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, en su artículo 1°, las siguientes personas incluidas en los grupos de riesgo y aquellas cuya presencia en el hogar resulte indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente, a saber:

a.- Trabajadores y trabajadoras mayores de sesenta (60) años de edad, excepto que sean considerados “personal esencial para el adecuado funcionamiento del establecimiento”. Se considerará “personal esencial” a todos los trabajadores del sector salud.

b.- Trabajadoras embarazadas

c.- Trabajadores y trabajadoras incluidos en los grupos de riesgo que define la autoridad sanitaria nacional. Dichos grupos, de conformidad con la definición vigente al día de la fecha, son:

1.- Enfermedades respiratorias crónica: enfermedad pulmonar obstructiva crónica [EPOC], enfisema congénito, displasia broncopulmonar, bronquiectasias, fibrosis quística y asma moderado o severo.

2.- Enfermedades cardíacas: Insuficiencia cardíaca, enfermedad coronaria, valvulopatías y cardiopatías congénitas.

3.- Inmunodeficiencias.

4.- Diabéticos, personas con insuficiencia renal crónica en diálisis o con expectativas de ingresar a diálisis en los siguientes seis meses.

 Días y horarios de atención

Los establecimientos solo podrán funcionar de Lunes a Viernes. El horario de apertura y cierre podrá ser entre las 11.00 horas y hasta las 21.00 horas respectivamente.

Asimismo, todas las visitas se regirán bajo la modalidad con cita previa respetando el esquema de diferenciación de acuerdo al número de terminación del DNI, con la finalidad de disminuir la afluencia de personas en los locales.

En consecuencia, los días impares se atenderá a personas cuyo DNI termine en un número impar y los días pares, a aquellas con terminaciones pares de documento. Los clientes deberán concurrir con su Documento Nacional de Identidad.

Aquellos lectores que deseen acceder al protocolo completo de funcionamientbo de las galerías de arte deben hacer click aquí.

Carlos Davis

Fuente: Prensa Ministerio de Cultura GCABA.


 
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29 de Agosto
Día del Barrio de
 Floresta

39.474 hab.
 2.4 km2
(
2.320.158,49 m2)
16447,5 hab/km2

21.395 Mujeres
18.079 Hombres
(Datos julio 2001)

LIMITES
(según Ley N° 2650/08)

Av. Directorio,
 Portela, Cuenca, Av. Gaona Joaquín V. González, Juan Agustín García, Segurola, Mariano Acosta.

PERÍMETRO
7.523,45 m


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