POR MOTIVOS
PURAMENTE ESTÉTICOS
Prohíben la
mutilación animal
20/01/2020
- La Legislatura
porteña aprobó el proyecto de ley del Legislador Sergio
Abrevaya (GEN) que prohibe mutilar animales mediante intervenciones
quirúrgicas estéticas. Esta ley (aprobada en la última sesión
del 2019) busca proteger a las mascotas de prácticas como
cortes de cola, cuerdas vocales, orejas
y falanges que se realicen con fines estéticos en el ámbito
de la Ciudad de Buenos Aires. La medida se apoya en el
preámbulo de la Constitución porteña, el cual indica que el
“la educación debe enseñar, desde la infancia, a observar,
comprender, respetar y amar a los animales”, y las
mutilaciones estéticas están muy lejos de ese amor.
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En la última sesión del año pasado
(5 de diciembre de 2019) la Legislatura porteña aprobó una
ley que prohíbe la realización de intervenciones quirúrgicas
estéticas que causen mutilaciones a los animales y/o
modifiquen su aspecto externo, salvo aquellas que tengan el
objetivo de prevenir o curar patologías específicas. |
Se consideran prácticas meramente estéticas a la
caudectomía (corte de cola), cordectomía (extirpación
parcial o total de una cuerda vocal), otectomía (corte de
pabellones auriculares), oniquectomía (amputación quirúrgica
de las falanges) y todas las cirugías que no tengan como
finalidad restablecer o preservar el estado de salud de los
animales.
Las prácticas quirúrgicas exceptuadas de la presente ley
deben realizarse bajo prescripción médica por parte de un
Veterinario matriculado en la Ciudad de Buenos Aires.
Finalmente se establece que la Autoridad de Aplicación
dispondrá las sanciones correspondientes fijando las multas
de acuerdo al grado de infracción de la norma. Serán
pasibles de sanciones los particulares responsables de los
animales y los profesionales/particulares que las
realicen.
"El bienestar animal nada tiene que ver con su
apariencia, por lo tanto estas modificaciones corporales o
alteraciones permanentes del cuerpo que se realizan por
motivos estéticos deben ser prohibidas", explica en los
fundamentos del proyecto, su autor, el diputado Sergio
Abrevaya (GEN).
Además, se aclara que "la creciente demanda de nuestra
comunidad con respecto a la necesidad del buen trato hacia
los animales, entendiéndolos a estos, como seres sintientes
que deben ser respetados y cuidados responsablemente;
procurándoles una adecuada calidad de vida, sin
padecimientos de malos tratos; tal cual lo estipula la Ley
Nacional N° 14.346 de protección hacia los animales y cuyo
incumplimiento es delito penal".
Sobre los
fundamentos
El cuerpo de
los seres vivos forma parte de un todo ya que son organismos
complejos en los que cada parte del cuerpo cumple una
función específica para el mantenimiento de la salud
integral y su supervivencia. Por ejemplo las orejas tienen
una función de defensa y al cortarlas puede predisponer o
determinar consecuencias patológicas de gravedad variable
según el individuo, tal como otitis y otras. Asimismo, las
amputaciones que se aplican en la cola de algunos animales
tiene terminaciones nerviosas ya que la cola es la
continuación de la columna vertebral, además es un elemento
importante para el equilibrio y la comunicación del canino,
el procedimiento no es indoloro; y también ocasiona
sufrimiento innecesario. Muy distinto es si se debe realizar
una amputación de cola con fines curativos según
prescripción médica, tal como sucede en los casos de
fractura , tumores o automutilaciones debido a un trastorno
obsesivo compulsivo.
La
oniquectomía o desungulación que en particular se le realiza
a los felinos/as va más allá de un corte de uñas, ya que se
corta la primer falange de cada dedo , porque esa es la zona
donde crecen las uñas y esto trae como consecuencia
infecciones recurrentes y deformación de los miembros,
repercutiendo también en otras articulaciones y en la
columna vertebral. La cordectomía (extirpación de cuerdas
vocales), en la mayoría de los casos se realiza para que no
vocalicen ni ladren; este procedimiento es muy frecuente en
los criaderos y en general en los caninos/as de razas
pequeñas. En esos sitios existe habitualmente una gran
concentración de animales y en la mayoría de los casos en
condiciones que no cumplen con el bienestar animal.
Justamente por el hacinamiento y el maltrato a que son
sometidos es que vocalizan continuamente y por esa razón les
realizan la práctica de cordectomía.
Este tipo de
prácticas aberrantes son realizadas solo para la
satisfacción del humano y no tienen en cuenta el riesgo
para los animales que ello implica, comenzando por el acto
anestésico hasta las terribles consecuencias para la salud
que expusimos precedentemente.
En la
actualidad los caninos/as y felinos/as son animales
domésticos de compañía, cuya única finalidad debe ser, tal
como lo indica la palabra, la compañía, Hoy en día, en
todas las sociedades modernas se los considera un miembro
más de la familia y como tales deben ser respetados,
protegidos y cuidados.
Carlos Davis
Fuente:
Prensa Legislatura CABA