se prorrogó su vencimiento por un año debido a la pandemia.
Vigencia de la
licencia de conducir
13/12/2020
- El
gobierno de la Ciudad de Buenos Aires prorrogó por un año la vigencia
de las licencias de conducir con fecha de vencimiento hasta
el 14 de febrero de 2021. Esta nueva extensión de validez se
suma a las prórrogas anteriores, de esta forma, todas las
licencias vencidas entre el 15 de febrero de 2020 y el 14 de
febrero de 2021 tienen una ampliación de vigencia por un año
calendario. El periodo de extensión va a computarse a partir del día
siguiente al del vencimiento que figura en la licencia. Esto
significa que, por ejemplo, si la licencia vence el 10 de
febrero de 2021, la validez del carnet de conducir va a
ampliarse hasta el 10 de febrero de 2022.
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Además, los
vecinos de la Ciudad tienen la posibilidad de solicitar la
reimpresión de la licencia con la nueva fecha prorrogada si
la necesitan por motivos de viaje al exterior o
para presentar ante un organismo solicitante. Está opción
está habilitada para aquellas licencias vencidas a partir
del 15 de febrero. |
El pedido
puede hacerse ingresando a la
página web del Gobierno de la Ciudad.
Hay que destacar que la Ciudad habilitó de acuerdo al
plan de puesta en marcha gradual de actividades varias
gestiones, entre ellas la solicitud de nuevas licencias para
principiantes o para aquellos casos en los que poseen
matrícula vencida por más de dos años. También es posible
realizar la ampliación de una licencia existente a otra
categoría o a otro tipo de vehículo. Por ejemplo, de la
categoría particular a profesional o de una moto a un
automóvil.
A través del
decreto de necesidad y urgencia N°18/20, el Gobierno de la
Ciudad actualizó el Decreto N° 1/20 (que declaró la Emergencia
Sanitaria en la Ciudad), y el Decreto de Necesidad y Urgencia
15/20 que había indicado una prórroga anterior para las
licencias. Esta medida se suma a las diferentes
políticas públicas adoptadas por el gobierno porteño para
mitigar el contagio de Covid-19 durante la pandemia
declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS).
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo 1°.- Modifícase el artículo 2° del Decreto
de Necesidad y Urgencia N° 1/20, el que quedará redactado de
la siguiente manera: “Artículo 2°.- Prorrógase de manera
excepcional por el término de un (1) año, la vigencia de las
licencias de conducir cuyo vencimiento opere entre los días
15 de febrero de 2020 y 14 de febrero de 2021. El plazo de
prórroga se computará a partir del día subsiguiente a la
fecha de vencimiento consignada en cada licencia.”
Artículo
2°.- El presente Decreto es refrendado por los/las
señores/ras Ministros/as del Poder Ejecutivo y por el Jefe
de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el
Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a
todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo y
Entes Descentralizados, para su conocimiento y demás
efectos. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - González
Bernaldo de Quirós - Migliore - Santilli p/p - Acuña -
Muzzio - Giusti - Avogadro - Giusti p/p - Mura - Miguel
Para evitar
las opiniones o subjetividades que pudieran devenir de la
interpretación de la norma, es que reproducimos a
continuación el articulado del decreto mencionado:
Carlos Davis
Fuente:
Telam