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Floresta: nombre dado por Ordenanza N° 26.607 B.M. 14.288

se prorrogó su vencimiento por un año debido a la pandemia.

Vigencia de la licencia de conducir

13/12/2020 - El gobierno de la Ciudad de Buenos Aires prorrogó por un año la vigencia de las licencias de conducir con fecha de vencimiento hasta el 14 de febrero de 2021. Esta nueva extensión de validez se suma a las prórrogas anteriores, de esta forma, todas las licencias vencidas entre el 15 de febrero de 2020 y el 14 de febrero de 2021 tienen una ampliación de vigencia por un año calendario. El periodo de extensión va a computarse a partir del día siguiente al del vencimiento que figura en la licencia. Esto significa que, por ejemplo, si la licencia vence el 10 de febrero de 2021, la validez del carnet de conducir va a ampliarse hasta el 10 de febrero de 2022.

Además, los vecinos de la Ciudad tienen la posibilidad de solicitar la reimpresión de la licencia con la nueva fecha prorrogada si la necesitan por motivos de viaje al exterior o para presentar ante un organismo solicitante. Está opción está habilitada para aquellas licencias vencidas a partir del 15 de febrero.

El pedido puede hacerse ingresando a la página web del Gobierno de la Ciudad.

Hay que destacar que la Ciudad habilitó de acuerdo al plan de puesta en marcha gradual de actividades varias gestiones, entre ellas la solicitud de nuevas licencias para principiantes o para aquellos casos en los que poseen matrícula vencida por más de dos años. También es posible realizar la ampliación de una licencia existente a otra categoría o a otro tipo de vehículo. Por ejemplo, de la categoría particular a profesional o de una moto a un automóvil.

A través del decreto de necesidad y urgencia N°18/20, el Gobierno de la Ciudad actualizó el Decreto N° 1/20 (que declaró la Emergencia Sanitaria en la Ciudad), y el Decreto de Necesidad y Urgencia 15/20 que había indicado una prórroga anterior para las licencias. Esta medida se suma a las diferentes políticas públicas adoptadas por el gobierno porteño para mitigar el contagio de Covid-19 durante la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS).

EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:

Artículo 1°.- Modifícase el artículo 2° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 2°.- Prorrógase de manera excepcional por el término de un (1) año, la vigencia de las licencias de conducir cuyo vencimiento opere entre los días 15 de febrero de 2020 y 14 de febrero de 2021. El plazo de prórroga se computará a partir del día subsiguiente a la fecha de vencimiento consignada en cada licencia.”

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por los/las señores/ras Ministros/as del Poder Ejecutivo y por el Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo y Entes Descentralizados, para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - González Bernaldo de Quirós - Migliore - Santilli p/p - Acuña - Muzzio - Giusti - Avogadro - Giusti p/p - Mura - Miguel

Para evitar las opiniones o subjetividades que pudieran devenir de la interpretación de la norma, es que reproducimos a continuación el articulado del decreto mencionado:

Carlos Davis

Fuente: Telam


 
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29 de Agosto
Día del Barrio de
 Floresta

39.474 hab.
 2.4 km2
(
2.320.158,49 m2)
16447,5 hab/km2

21.395 Mujeres
18.079 Hombres
(Datos julio 2001)

LIMITES
(según Ley N° 2650/08)

Av. Directorio,
 Portela, Cuenca, Av. Gaona Joaquín V. González, Juan Agustín García, Segurola, Mariano Acosta.

PERÍMETRO
7.523,45 m


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