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5 DE JULIO - ELECCIONES EN LA CIUDAD

Eligiendo a los representantes comunales

01/07/2015 - El próximo domingo 5 de julio tendremos elecciones en la ciudad. Luego de las primarias porteñas llegó la hora de elegir no sólo al Jefe de Gobierno y a los Legisladores sino también a los llamados "Juntistas" o "Comuneros", vecinos que forman parte de la llamada "Junta Comunal" la cual es un órgano colegiado ejecutivo formado por siete miembros surgidos del voto de los ciudadanos con domicilio en el territorio comunal. Basados en  una gacetilla del "Movimiento Comunero" deseamos reflexionar sobre la importancia que esta elección tiene en la resolución de la cotidianidad barrial.

El Movimiento Comunero sostiene que la elección de los comuneros es un hecho que está "oculto bajo la sábana" ya que el Gobierno de la Ciudad no informó acerca del llamado "cuarto poder". -"Se habla de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial pero se ha mantenido invisibilizado el Poder Comunal creado por la Ley 1777"-.

El próximo 5 de julio se votan Juntas Comunales por segunda vez. La primera fue en las elecciones del 2011.

"La maniobra que invisibilizó el Poder Comunal, fue posible a través de una nueva violación de la Ley de comunas, cuyo Artículo 20º establece que las elecciones comunales deben realizarse en forma separada de otras elecciones. De este modo, los candidatos a Juntas Comunales quedaron ocultos en la lista sábana encabezada por los candidatos a Jefe de Gobierno", comentan en su gacetilla de prensa los miembros del "Movimiento Comunero".

El comunicado continúa reflexionando: -El “comunero” es el más directo representante de los intereses del vecino “de a pie” porque vive cerca, conoce su barrio, habla con sus vecinos, sabe qué cosas hacen falta y cuáles son sus prioridades-.

¿Qué sabemos sobre las comunas?

La Constitución de la Ciudad establece que “organiza sus instituciones como democracia participativa”. La institución clave de la democracia participativa es la Comuna y su principio fundamental es que el pueblo delibera y gobierna con sus representantes, quienes están obligados a rendir cuentas de sus cumplimientos. Se cierra así la brecha existente entre dirigentes políticos y ciudadanía. Las Comunas son gobiernos locales descentralizados.

Con presupuesto propio y participación vecinal

El gobierno de las Comunas se organiza con:

 Una Junta Comunal (de carácter ejecutivo) que es un órgano colegiado formado por 7 miembros elegidos por ciudadanos con domicilio en el territorio, y

 Un Consejo Comunal (de carácter deliberativo) en el cual los vecinos y organizaciones, elaboran el plan anual de acción de gobierno comunal para los barrios y, al estar en el territorio, controlan que la Junta Comunal cumpla con el mismo.

Las Comunas deben encargarse

 En forma exclusiva, del mantenimiento de las calles, veredas, arbolados y parques de los barrios.

 En forma concurrente con el GCABA, de las obras y servicios públicos, del control del cumplimiento de las normas sobre uso de los espacios públicos y el suelo, de la educación, la salud, la vivienda y de los programas sociales, que se realicen en el ámbito del territorio comunal.

En este contexto la elección de nuestros representantes comunales adquiere una relevancia particular. Pensemos al generar nuestra Boleta Única Electrónica si no es hora de empoderar más a aquellos que se movieron para resolver nuestros pequeños grandes problemas cotidianos.

Carlos Davis

Fuente: Gacetilla Movimiento Comunero


 
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16447,5 hab/km2

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(Datos julio 2001)

LIMITES
(según Ley N° 2650/08)

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PERÍMETRO
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