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  Escudo de Floresta

Floresta: nombre dado por Ordenanza N° 26.607 B.M. 14.288

GRAN CANTIDAD DE EDIFICIOS GOZAN DE PROTECCIÓN LEGAL

El Casco Histórico protegido

31/12/2015 - El Casco Histórico de la Ciudad de Buenos Aires contiene ámbitos urbanos de alto significado histórico, arquitectónico, simbólico, cultural y social, donde se concentra un stock edilicio de importante valor patrimonial que constituye una valiosa base física para la construcción de la memoria de los habitantes. Es el sector dentro la Ciudad que concentra la mayor cantidad de edificios catalogados y aloja, dentro de su territorio, 5 Áreas de Protección Históricas, encuadrados en la Ley 449, Código de Planeamiento Urbano. Mas allá de esto, los vecinos debemos estar alertas y transformarnos en custodios permanentes de estos valores patrimoniales.

Como en muchos otros órdenes de la vida, las leyes que reconocen derechos están, sólo que, aquellas personas o entidades que deben vigilar que su cumplimiento se haga efectivo muchas veces fallan debido a que la estructura de RRHH es reducida o, lo que es mas grave, porque los que deben vigilar prefieren mirar hacia otro lado...

La legislación que protege a las edificaciones patrimoniales es abundante y precisa, y en ella podemos encontrar...

Ley 449, Código de Planeamiento Urbano

El primer antecedente en lo que respecta a la protección de áreas históricas en la Ciudad de Buenos Aires data de 1979, con la aprobación de la Ordenanza N° 34.956, en la que se declaró Zona Histórica al barrio de San Telmo y parte del barrio de Montserrat, conocida como U-24, cuyo impulsor fue el arquitecto José María Peña.

Esta ley derivó en la Ordenanza APH N°1 45.517/92 y posteriormente en la Ley 449/2000 Código de Planeamiento Urbano, que es la normativa urbanística que define las posibilidades de actuación. En la misma, se establecen los instrumentos de protección del patrimonio, se regula el uso y se orientan las intervenciones.

La Ley 449/2000 identifica diferentes formas de protección:

Protección General

Se realiza según plano de zonificación, donde se establecen áreas homogéneas -en cuanto a morfología y tejido urbano- a fin de consolidar los atributos que hacen valorable el conjunto, concentrando la mayor cantidad de edificios protegidos. Dentro del área de incumbencia de la Dirección General del Casco Histórico se localizan cinco Distritos Áreas de Protección Histórica (APH): APH N°1, APH N°1-14, APH N°16, APH N°18, APH N°37. Las Áreas de Protección Histórica son sectores dentro la ciudad que están dotados de atributos o valores históricos, arquitectónicos, simbólicos y ambientales.Poseen un alto significado patrimonial, siendo merecedoras de un tratamiento de protección de sus características diferenciales.

Protección Especial

Contiene dos tipos de protecciones.

  • Protección Edilicia: Se refiere a lo construido en la parcela, definiéndose tres niveles de protección:

    1. Protección integral: para aquellos edificios de interés especial cuyo valor de orden histórico y/o arquitectónico los ha constituido en hitos urbanos que los hace merecedores de una protección integral. Protege la totalidad de cada edificio, conservando todas sus características arquitectónicas y sus formas de ocupación del espacio.

    2. Protección estructural: para aquellos edificios de carácter singular y tipológico, que por su valor histórico, arquitectónico, urbanístico o simbólico caracterizan su entorno, califican un espacio urbano o son testimonio de la memoria de la comunidad. Protege el exterior del edificio, su tipología, los elementos básicos que definen su forma de articulación y ocupación del espacio, permitiendo modificaciones que no alteren su volumen.

    3. Protección cautelar: para aquellos edificios cuyo valor reconocido es el de constituir la referencia formal y cultural del área, justificar y dar sentido al conjunto. Protege la imagen característica del área previniendo actuaciones contradictorias en el tejido y la morfología. Para cada nivel de protección edilicia se admiten distintos grados de intervención, correspondiendo a mayor grado de protección menor grado de intervención.
       

  • Protección Ambiental: Se aplica sobre áreas que se destacan por sus valores paisajísticos, simbólicos, sociales o espaciales. Se refiere al espacio público e incluye las fachadas y muros exteriores de los edificios que participan del mismo.

    Se establecen tres niveles de calidad ambiental para áreas especiales de los distritos APH, definidas en función del grado de homogeneidad tipológico-espacial, de la presencia en cantidad y calidad de edificios de valor histórico y de las condiciones espaciales y funcionales ofrecidas para el uso social pleno.

    1. Ámbitos Consolidados: son aquellos espacios públicos que presentan situaciones espaciales de interés, en cuanto a sus proporciones, textura, escala, vistas y tensiones; que poseen un conjunto patrimonial de significantes arquitectónicos con referencias individuales de valor histórico-cultural y que tienen un uso social pleno, con lugares de encuentros y de lectura de los símbolos urbanos que alimentan la memoria colectiva del lugar y de la Ciudad.

    2. Ámbitos Preconsolidados: son aquellos espacios públicos que carecen de alguno de los rasgos esenciales definidos en el Nivel 1, o que los presentan en forma incompleta o con ciertas indeterminaciones, especialmente en el aspecto del uso social pleno.

    3. Ámbitos Potenciales: son aquellos espacios públicos que presentan algunos de los rasgos esenciales definidos para el Nivel 1, o que tienen más de uno en forma incompleta y/o no integradas.


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La Secretaría de Planeamiento del Ministerio de Desarrollo Urbano es el Órgano de Aplicación de las normas de Protección Patrimonial, con todas las atribuciones contenidas en el Código de Planeamiento Urbano de la Ciudad de Buenos Aries.

Carlos Davis

Fuente: Prensa GCABA


 
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29 de Agosto
Día del Barrio de
 Floresta

39.474 hab.
 2.4 km2
(
2.320.158,49 m2)
16447,5 hab/km2

21.395 Mujeres
18.079 Hombres
(Datos julio 2001)

LIMITES
(según Ley N° 2650/08)

Av. Directorio,
 Portela, Cuenca, Av. Gaona Joaquín V. González, Juan Agustín García, Segurola, Mariano Acosta.

PERÍMETRO
7.523,45 m


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