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Floresta: nombre dado por Ordenanza N° 26.607 B.M. 14.288

UN EDIFICIO EMBLEMÁTICO DE FLORESTA

Demolieron el Almacén de Alonso

27/10/2013 - La demolición del "Almacén de Alonso", sitio histórico ubicado en la esquina de San Nicolás y Aranguren, "es un claro ejemplo de un plan de destrucción de decenas de edificios que son patrimonio de la historia de la Ciudad de Buenos Aires en pos del negocio inmobiliario", aseguraron organizaciones sociales y efectores judiciales a la agencia de noticias Telam. Los vecinos habían realizado presentaciones ante la justicia, logrando una medida cautelar que evitaba su demolición; sin embargo pocos días después de dicho fallo la construcción había sido arrasada, ya no existía.

"Hay tres formas en las que el Gobierno porteño está procediendo en referencia a los edificios en peligro: una es la autorización de demolición ignorando la protección legal, otra es la vía de hecho que implica que no autoriza por escrito pero deja hacer y la tercera es ocultando los expedientes de obras", declaró la Defensoría.

La situación del "Almacén de Alonso", ubicado en la esquina de San Nicolás y Aranguren es el más reciente ejemplo de esta política: "el 1º de octubre habíamos logrado una cautelar y dos días después un vecino nos alertó que el edificio había sido tirado abajo", comentó a Télam Cecilia González de los Santos, Defensora en lo Contencioso Administrativo y Tributario N°4 de la Ciudad de Buenos Aires.

"El 4 informamos al Juzgado que se había incumplido la cautelar y pedimos que se traslade la causa al fuero penal por incumplimiento de deberes de funcionario público. El 11 solicitamos una nueva cautelar ratificando un pedido de reconstrucción y pidiendo que no se pueda edificar", detalló González de los Santos.

El Juzgado Contencioso Administrativo Nº17, a cargo del Marcelo Segón, no se expidió sobre los pedidos y directamente dictaminó una sentencia en la que expresó que la causa deviene en "abstracto" porque el edificio ya no existe.

"La resolución es arbitraria porque el juez no puede resolver el tema de fondo sin un procedimiento mediante el cual las partes podamos presentar prueba, es decir, no se dio el debido proceso", detalló la funcionaria.

La defensora apeló este fallo que ahora debe resolver alguna cámara del fuero contencioso administrativo, al tiempo que el juzgado de primera instancia deberá determinar si da lugar a una multa de 20 mil pesos pedida para el Procurador General de la Ciudad por haber incumplido la cautelar y, lo central, impedir que se construya en el predio.

"Una situación similar fue la que sucedió en el Taller Protegido 19 del Borda, cuando el Gobierno de la Ciudad ordenó la demolición, estaba vigente una cautelar", precisó.

González de los Santos pidió que se "realice la investigación correspondiente por presunta comisión del delito previsto en el artículo 248 del Código Penal". El artículo 248 del Código Penal refiere a la pena de prisión hasta dos años e inhabilitación al funcionario público que no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere.

El almacén tenía desde hace un año el amparo de un proyecto de catalogación con estado parlamentario, lo que hace imposible que la Ciudad le otorgue un permiso de obra. En abril pasado, los vecinos de Salvar Floresta denunciaron que se estaban retirando los techos del edificio para “crear el hecho consumado”, y asumir la multa correspondiente por demoler sin permiso, como un simple costo extra para ejecutar una obra ilegal.

Carlos Davis 

Fuente: Telam - Diario El Comercial


 
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