Bandera de la Ciudad de Buenos Aires

Kiosco de La Floresta y Locomotora La Porteña

  Escudo de Floresta

Floresta: nombre dado por Ordenanza N° 26.607 B.M. 14.288

¿EN QUE INVIERTE SU PRESUPUESTO LA COMUNA?

Maru y el Presupuesto Participativo

09/06/2013 - Maru Lopes, integrante de la Junta de la Comuna 10 por el MST (Movimiento Socialista de los Trabajadores), presentó un Proyecto de Resolución Comunal (que será tratado por la Junta Comunal en su próxima reunión) que propone la convocatoria de distintos organismos y actores para tratar de manera participativa el presupuesto Comunal para el próximo año. De efectivizarse la propuesta las reuniones se llevarían a cabo durante los meses de junio y julio. Cabe consignar que la complejidad de los temas a tratar amerita el estudio anticipado de dichas cuestiones para no incurrir en incumplimientos como los del 2012.

En los considerandos del proyecto presentado por la Juntista Maru Lopes puede leerse que: visto que el artículo 52 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires establece el carácter participativo del presupuesto y que la ley debe fijar los procedimientos de consulta sobre las prioridades de asignación de recursos.

Que asimismo el artículo 15 de la Ley Orgánica de Comunas, dispone que la aprobación del anteproyecto de presupuesto de cada Comuna está a cargo de la Junta Comunal, pero el mismo debe ser elaborado a través de mecanismos que, a escala barrial, garanticen la participación de los vecinos en la fijación de metas, formulación y control presupuestario; y que, la discusión referida precedentemente se dará en el ámbito del Consejo Consultivo Comunal. Debiendo, el Poder Ejecutivo enviar juntamente con el Presupuesto General de Gastos y Recursos, a título informativo, los anteproyectos remitidos por las Comunas en forma individualizada. Y considerando:

Que los plazos establecidos en el período anterior no fueron suficientes para que las propuestas elaboradas desde cada área de las Juntas Comunales, puedan ser contempladas en la propuesta del Poder Ejecutivo a la Legislatura.

Que en dichas propuestas (las del período anterior) no se contempló la participación del Consejo Consultivo Comunal, conforme lo dispone el artículo 15 de la Ley 1.777.

Que las reuniones entre cada área de la Junta Comunal (Arbolado, Luminaria, Veredas, Bacheo y Pavimento, Participación Vecinal, Políticas Especiales, Desarrollo Económico y Empleo, Juventud y Cultura, Higiene Socio-ambiental) y las Secretarías y Comisiones del Consejo Consultivo (Secretarías Administrativa y Legal, y de RRII, Comisiones de trabajo: Educación, Salud, Género, Relevamiento, Derechos Humanos, Comunicación), deberán incluir a la vez a las Direcciones de Participación Ciudadana y Mantenimiento Barrial, así como también las distintas oficinas de las reparticiones descentralizadas, que funcionan en el ámbito de la comuna (Dirección de la Mujer, Niñez y Adolescencia y Mediación Comunitaria).

Que la articulación antes referida, se dará en el marco del traspaso de funciones de las UAC – declaradas inconstitucionales por lo fallos dictados por la Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Por eso, en uso de sus facultades, la Junta Comunal 10 resuelve:

Artículo 1.- Convocar – durante los meses de junio y julio – a las Secretarías y Comisiones del Consejo Consultivo Comunal 10, por área, y a las Direcciones de Participación Ciudadana y Mantenimiento Barrial, así como también las distintas oficinas de las reparticiones descentralizadas, que funcionan en el ámbito de la comuna para elaborar de manera colectiva el Plan de Acción y Cálculo de Gastos de cada una de las áreas de la JC.

Artículo 2.- Archívese, comuníquese, de forma, etc.

Maru Lopes es miembro de la Junta Comunal 10 por el MST (Movimiento Socialista de los Trabajadores) y se ocupa de atender las siguientes áreas: Relación con el Consejo Consultivo Comunal, Políticas Especiales y Desarrollo Social. Su mail de contacto es marulopes.comuna10@gmail.com .

Carlos Davis

Fuente: Prensa MST


 
Volver

29 de Agosto
Día del Barrio de
 Floresta

39.474 hab.
 2.4 km2
(
2.320.158,49 m2)
16447,5 hab/km2

21.395 Mujeres
18.079 Hombres
(Datos julio 2001)

FLORESTA
nombre dado por Ordenanza N° 26.607 B.M. 14.288

LIMITES
Av. Directorio,
 Portela, Cuenca, Av. Gaona Joaquín V. González, Juan Agustín García, Segurola, Mariano Acosta.

PERÍMETRO
7.523,45 m


FIRME NUESTRO LIBRO DE VISITAS