JUICIO POR LOS
PIBES FUSILADOS EN FLORESTA
Indemnizarán
a las familias de los pibes
18/06/2012
- La
Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó un recurso y
dejó firme la sentencia que condenó a pagar una
indemnización millonaria a los familiares de dos de los tres
jóvenes (Cristian
Alfredo Gómez y Maximiliano Tasca) asesinados en el denominado "Triple crimen de
Floresta" por el policía retirado Juan de Dios Velaztiqui,
condenado a prisión perpetua por ese hecho. Velaztiqui y el
Estado Nacional fueron condenados a pagar 575.040 y 678.000
pesos mas los intereses devengados desde que se registró
el episodio, el 29 de diciembre de 2001, en la estación de
servicio ubicada en Gaona y Bahía Blanca, de Floresta.
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La sentencia
confirma la dictada por el juez en lo Civil y
Comercial Federal Raúl Tettamanti, ante los reclamos
formulados por los familiares de Cristian Gómez y
Maximiliano Tasca. En el caso de Adrián Matassa, aún no hubo sentencia.
La demanda que tramita
la familia de Adrián se gestiona en otro expediente, aún
no resuelto. |
En la sentencia se libera de responsabilidad patrimonial a los
dueños de la estación de servicio de Gaona y Bahía Blanca
(lugar donde se produjo el crimen) debido a que éstos habían contratado a
través de la Policía Federal los servicios
de custodia de Velaztiqui. En este caso será entonces la
Policía Federal, a través del Ministerio de Justicia de la
Nación, quien deberá hacerse cargo de parte del
resarcimiento económico.
Aquel 29 de diciembre de 2001,
el custodio Velaztiqui baleó a los jóvenes Cristian Gómez (25),
Maxi Tasca (23) y Adrián Matassa (23) debido a que los tres
muchachos hablaron mal de la policía mientras miraban por televisión
los incidentes ocurridos en Plaza de Mayo. Cristian y Maxi
murieron en el lugar, mientras que Adrián falleció a la
mañana siguiente en el Hospital Alvarez. El único que pudo
escapar corriendo fue Enrique Díaz.
En el juicio oral realizado en marzo del 2003 por
el Tribunal Oral Criminal 13 se sentenció a Velaztiqui a
prisión perpetua. Ahora, además, deberá indemnizar a las
familias de los chicos por el daño causado, aunque, claro
está, nada podrá remediar la atrocidad cometida por la
locura intolerante de este hombre, residuo de una época que
nunca volverá.
La Cámara Civil y
Comercial Federal (a través de los camaristas Ricardo
Recondo y Graciela Medina) confirmó ahora el fallo de
primera instancia.
Para los jueces, el
Estado es responsable porque "la diligencia exigible -sobre
todo si se trata de una institución como la Policía Federal
Argentina, por la índole de las funciones cumplidas por sus
integrantes- no se agota en la elección de su personal, sino
que también le incumbe el estricto control de su desempeño y
conducta, aun más si se tiene en cuenta que a sus agentes
les hace entrega de un arma, cosa indudablemente peligrosa".
"El Estado es
responsable por el hecho dañoso, pues las muertes de Gómez y
Tasca fueron consecuencia directa del uso del arma que la
Federal proveyó a uno de sus agentes con la finalidad de
mantener el orden público y contribuir a la policía de
seguridad", señalaron.
La sentencia fue dejada firme
por la
Corte, con las firmas del presidente Ricardo Lorenzetti,
de Elena Highton, Juan Maqueda y de Enrique Petracchi.
Carlos Davis
Fuente:
Telam - Notas de archivo propio