PODRÁN
PARTICIPAR LOS VECINOS Y ORGANIZACIONES BARRIALES
Inscriben
para los
Consejos Consultivos
31/01/2012
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Las Comunas 9 y
10 están realizando una convocatoria invitando a los vecinos
que viven en estas zonas, y a las instituciones que
desarrollan su actividad en estos barrios, para que se
inscriban con el objeto de participar en las reuniones de
los Consejos Consultivos Comunales. En el caso de la Comuna
10 la inscripción podrá realizarse de lunes a viernes, de 9 hs a 15 hs, en Bacacay
3968 - 3º piso, sede de la Comuna. La Comuna
9 hace lo propio en Av. Directorio 4344 (lunes a viernes de
9 hs a 15 hs), y en Montiel 1382 (lunes a viernes de 10 hs a
15 hs). Quienes
se inscriban hasta el 28/02, participarán de la 1º Reunión
del Consejo Consultivo.
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En el caso
de que una organización del barrio quiera formar parte
de dicho Consejo Consultivo, deberá indicar su "Nombre"
y presentar Estatuto, Acta de Designación de
Autoridades, Personería Jurídica y poseer domicilio
declarado en la Comuna, o en su defecto, desarrollar una
actuación relevante en alguno de sus barrios.
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Los particulares (con
domicilio en la comuna) deberán presentar su DNI y completar
una planilla con sus datos: Nombre y Apellido, teléfono y
mail.
Recordemos que la Comuna 10 está integrada
por los barrios de Floresta, Monte Castro, Vélez
Sarsfield, Versalles, Villa Luro y Villa Real.
Luego de la elección
del pasado 10 de julio, y a partir de la asunción de las
nuevas autoridades, la Junta Comunal de la Comuna 10
quedó conformada de la siguiente manera:
1 FERRARI Agustín
Marcos (PRO) - Presidente
2 FARIAS Leonardo (FpV)
3 PATANE Diana Miriam (PRO)
4 LOPES María Marta (P. SUR)
5 SALAMA Cynthia Verónica (FpV)
6 VEGA Osvaldo Rubén (PRO)
7 FERNANDEZ Teresa del Carmen (PRO)
Mientras que en la
Comuna 9 (integrada por los barrios de Parque
Avellaneda, Mataderos y Liniers) la Junta Comunal quedó
conformada por los siguientes Comuneros:
1 DINATALE Néstor Omar
(PRO)
2 SARUBBI Eduardo (FpV) - Reemplaza a AMAYA Juana Adela
3 MARTELLOTTA Stella Maris (PRO)
4 MIGUEZ Claudio Hernán (FpV)
5 TZANOFF Néstor Ruben (P. SUR)
6 SMANIA Ernesto Mario (PRO)
7 ROCHA Gerez Aixa Natalia (FpV)
La Junta Comunal es la que en general
convoca al Consejo Consultivo, cuyas funciones se encuentran
detalladas en la
ley 1777,
llamada popularmente "Ley de Comunas".
La norma indica que los Consejos son
organismos consultivos de carácter honorario. Están
integrados por entidades vecinales no gubernamentales,
partidos políticos, redes y otras organizaciones que tengan
actuación en el ámbito de la comuna.
Son
funciones del Consejo...
a)
Participar del proceso de elaboración del programa
de acción anual y anteproyecto de Presupuesto de la
Comuna y definir prioridades presupuestarias y de
obras y servicios públicos.
b) Efectuar el seguimiento, evaluar la gestión
comunal y supervisar el cumplimiento de la correcta
prestación de los servicios públicos brindados por
el Poder Ejecutivo en la Comuna.
c) Presentar ante la Junta Comunal iniciativas así
como propuestas para la implementación de programas
y políticas de interés comunitario.
d) Formular solicitudes de convocatoria a audiencia
pública y a consulta popular.
e) Promover, ordenar, canalizar y realizar el
seguimiento de las demandas, reclamos, proyectos y
propuestas de los vecinos.
f) Promover políticas de comunicación ciudadana, de
acceso a la información y de participación vecinal.
g) Promover la utilización de los mecanismos de
participación ciudadana entre los vecinos de la
Comuna.
h) Controlar la ejecución del Presupuesto de la
Comuna.
i) Elaborar las normas de su funcionamiento interno
en consonancia con la presente ley.
j) Generar espacios abiertos de discusión, foros y
toda otra forma de participación directa para
debatir y elaborar propuestas sobre acciones, obras,
programas y políticas públicas.
k) Asesorar a la Junta Comunal sobre las materias
que son competencia de la Comuna.
El
Consejo Consultivo Comunal funciona
descentralizadamente, debiendo rotar el lugar de
reunión entre los distintos barrios que integren la
respectiva Comuna.
Podrá
autoconvocarse de acuerdo a lo que establezcan las
normas para su funcionamiento interno.
Se
reunirá al menos una vez al mes, en fecha, hora y
lugar ampliamente difundidos en todo el territorio
comunal.
Las
recomendaciones emanadas del Consejo Consultivo
Comunal son de consideración obligatoria por la
Junta Comunal.
Respecto a la
sede de funcionamiento de la Junta Comunal 9, nos informan
que mientras aguardan se habilite la propiedad lindante a la
Subsede de Av. Directorio 4344 (donde funcionará
efectivamente la Junta) los integrantes de la Junta Comunal
se encontrarán a disposición de los vecinos en la calle
Montiel 1382.
Carlos Davis
Fuente:
Prensa Comuna 10 - Prensa Comuna 9 - Notas de archivo propio