Bandera de la Ciudad de Buenos Aires

Kiosco de La Floresta y Locomotora La Porteña

  Escudo de Floresta

Floresta: nombre dado por Ordenanza N° 26.607 B.M. 14.288

PODRÁN PARTICIPAR LOS VECINOS Y ORGANIZACIONES BARRIALES

Inscriben para el Consejo Consultivo

02/01/2012 - Agustín Ferrari, en su carácter de Presidente de la Junta de la Comuna 10, convoca formalmente (en los términos del Art. 34 de la Ley 1.777) a los vecinos, instituciones y organizaciones sociales y políticas de la comuna, a inscribirse para participar de las reuniones del Consejo Consultivo Comunal. La Inscripción podrá realizarse (desde el 19 de diciembre y hasta el 28 de febrero) de lunes a viernes, de 9 hs a 15 hs, en Bacacay 3968 - 3º piso, sede de la Comuna 10. Los particulares (con domicilio en la comuna) deberán presentar su DNI y completar una planilla con sus datos: Nombre y Apellido, teléfono y mail

En el caso de que una organización del barrio quiera formar parte de dicho Consejo Consultivo, deberá indicar su "Nombre" y presentar Estatuto, Acta de Designación de Autoridades, Personería Jurídica y poseer domicilio declarado en la Comuna, o en su defecto, desarrollar una actuación relevante en alguno de sus barrios.

Recordemos que la Comuna 10 está integrada por los barrios de Floresta, Monte Castro, Vélez Sarsfield, Versalles, Villa Luro y Villa Real. 

Luego de la elección del pasado 10 de julio, y a partir de la asunción de las nuevas autoridades, la Junta Comunal de la Comuna 10 quedó conformada de la siguiente manera:

1 FERRARI Agustín Marcos (PRO) - Presidente
2 FARIAS Leonardo (FpV)
3 PATANE Diana Miriam (PRO)
4 LOPES María Marta (P. SUR)
5 SALAMA Cynthia Verónica (FpV)
6 VEGA Osvaldo Rubén (PRO)
7 FERNANDEZ Teresa del Carmen (PRO)

La Junta Comunal es la que en general convoca al Consejo Consultivo, cuyas funciones se encuentran detalladas en la ley 1777, llamada popularmente "Ley de Comunas".

La norma indica que los Consejos son organismos consultivos de carácter honorario. Están integrados por entidades vecinales no gubernamentales, partidos políticos, redes y otras organizaciones que tengan actuación en el ámbito de la comuna.

Son funciones del Consejo...

a) Participar del proceso de elaboración del programa de acción anual y anteproyecto de Presupuesto de la Comuna y definir prioridades presupuestarias y de obras y servicios públicos.
b) Efectuar el seguimiento, evaluar la gestión comunal y supervisar el cumplimiento de la correcta prestación de los servicios públicos brindados por el Poder Ejecutivo en la Comuna.
c) Presentar ante la Junta Comunal iniciativas así como propuestas para la implementación de programas y políticas de interés comunitario.
d) Formular solicitudes de convocatoria a audiencia pública y a consulta popular.
e) Promover, ordenar, canalizar y realizar el seguimiento de las demandas, reclamos, proyectos y propuestas de los vecinos.
f) Promover políticas de comunicación ciudadana, de acceso a la información y de participación vecinal.
g) Promover la utilización de los mecanismos de participación ciudadana entre los vecinos de la Comuna.
h) Controlar la ejecución del Presupuesto de la Comuna.
i) Elaborar las normas de su funcionamiento interno en consonancia con la presente ley.
j) Generar espacios abiertos de discusión, foros y toda otra forma de participación directa para debatir y elaborar propuestas sobre acciones, obras, programas y políticas públicas.
k) Asesorar a la Junta Comunal sobre las materias que son competencia de la Comuna.

El Consejo Consultivo Comunal funciona descentralizadamente, debiendo rotar el lugar de reunión entre los distintos barrios que integren la respectiva Comuna.

Podrá autoconvocarse de acuerdo a lo que establezcan las normas para su funcionamiento interno.

Se reunirá al menos una vez al mes, en fecha, hora y lugar ampliamente difundidos en todo el territorio comunal.

Las recomendaciones emanadas del Consejo Consultivo Comunal son de consideración obligatoria por la Junta Comunal.

Carlos Davis

Fuente: Prensa Comuna 10 - Notas de archivo propio


 
Volver

29 de Agosto
Día del Barrio de
 Floresta

39.474 hab.
 2.4 km2
(
2.320.158,49 m2)
16447,5 hab/km2

21.395 Mujeres
18.079 Hombres
(Datos julio 2001)

FLORESTA
nombre dado por Ordenanza N° 26.607 B.M. 14.288

LIMITES
Av. Directorio,
 Portela, Cuenca, Av. Gaona Joaquín V. González, Juan Agustín García, Segurola, Mariano Acosta.

PERÍMETRO
7.523,45 m


FIRME NUESTRO LIBRO DE VISITAS