LA JUSTICIA
URUGUAYA Y EL PLAN CONDOR
Confirman
fallo contra Gavazzo
01/03/2010
- El Tribunal de
Apelaciones Penal de 2° turno de Uruguay confirmó la
sentencia de condena de primera instancia que dictó el juez
Luis Charles contra los ex militares José Gavazzo y Ricardo
Arab. Las defensas llevarán el caso hasta la Suprema Corte
de Justicia. Los ministros William Corujo, José Balcaldi y
Alfredo Gómez Tedeschi adhirieron en todos sus términos al
dictamen del juez que, un año atrás, condenaba a seis ex
militares y dos ex policías a 25 y 20 años de prisión. Ahora
las defensas de Gavazzo y Arab presentarán un recurso de
casación ante la Suprema Corte de Justicia uruguaya.
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Los militares
y policías responsables habían sido encontrados responsables
de 28 delitos de homicidio en 1976 en el marco del Plan
Cóndor, en la causa "Segundo Vuelo" (traslados ilegales de
presos políticos desde Automotores Orletti) El juez Luis Charles
había sentenciado a José Nino Gavazzo, a una pena de 25 años
de prisión. |
Los
uniformados se habían convertido en los primeros procesados
en la historia de Uruguay por crímenes de lesa humanidad.
Fueron a prisión el 11 de setiembre de 2006 por los delitos
de "privación de libertad" y "asociación para delinquir" en
la desaparición de Adalberto Soba y Alberto Mechoso.
Soba y Mechoso fueron
secuestrados en Buenos Aires
el 26 de setiembre de 1976,
siendo alojados luego en
Automotores Orletti.
Ambos fueron trasladados a
Uruguay en el segundo vuelo
y ejecutados, junto a una
veintena de militantes del
PVP, en el Batallón 13.
Las investigaciones
realizadas por la justicia
uruguaya determinaron la
responsabilidad de los
imputados en asesinatos y
torturas cometidas
Automotores Orletti, así
como en el posterior
traslado a Montevideo de
varios presos políticos, que
luego fueron ejecutados.
Las
sentencias marcaron la
finalización del juicio en
primera instancia. Las
mismas no quedarán firmes
hasta que se agote la vía
recursiva. Esta le
proporciona a la defensa la
posibilidad de interponer un
recurso de apelación ante un
tribunal de segunda
instancia.
Confirman el fallo
Los ministros Alfredo Gómez
Tedeschi (redactor), José
Balcaldi y William Corujo
compartieron la sentencia
del juez penal de 19º Turno,
Luis Charles, y confirmaron
la tipificación adoptada por
el magistrado así como la
pena dispuesta para ambos
represores: una condena de
25 años de penitenciaría por
28 delitos de "homicidios
muy especialmente agravados,
en reiteración real".
Los ministros del TAP
confirmaron la condena de
los represores ante "la
existencia de pruebas
suficientes y categóricas"
sobre su responsabilidad en
los crímenes investigados,
como el testimonio de
sobrevivientes y documentos
desclasificados de la
Dictadura, según expresaron
las fuentes.
El TAP rebatió los
argumentos esgrimidos por la
defensa de los militares y
consideró "válidos" los
testimonios de los
sobrevivientes de la
represión para el
juzgamiento de los
militares, más allá de ser
parte del proceso como
actores de la denuncia. "Son
testimonios directos y no
pueden ser descalificados,
porque como víctimas sus
relatos son válidos",
señalaron las fuentes.
Asimismo, el TAP "no hizo
lugar al argumento de la
prescripción" de los delitos
impulsado por la defensa y
computó el aumento de un 1/3
en la prescripción de la
pena por la gravedad de los
hechos denunciados, en base
al artículo 123 del Código
Penal. En tanto, el fallo
del TAP promueve una postura
divergente hacia la
aplicación de figuras
penales previstas en la Ley
Nº 18.026, principalmente el
delito de "desaparición
forzada", ante la
posibilidad de constituirse
en "un derecho penal de
excepción", dijeron fuentes
del TAP.
La justicia argentina había
pedido la extradición de
Jorge Silveira, José Nino
Gavazzo, Gilberto Vázquez y
Ricardo Arab para que
respondan ante nuestros
tribunales por delitos de
lesa humanidad cometidos en
el ex Centro Clandestino de
Detención Tortura y
Exterminio conocido como
"Automotores Orletti". La
respuesta de la justicia
uruguaya fue positiva,
aunque hizo una salvedad:
los acusados podrían salir
del país para ser juzgados
sólo después de purgar sus
posibles condenas, esto es
según lo que hoy conocemos,
dentro de unos 25 años.
Carlos Davis
Fuente:
Oficina de Relaciones Públicas Ministerio de Defensa de
Uruguay - Ansalatina - El País - Observa - Notas de archivo
propio