Bandera de la Ciudad de Buenos Aires

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  Escudo de Floresta

Floresta: nombre dado por Ordenanza N° 26.607 B.M. 14.288

UN ESPACIO DONDE SE CONSTRUYE EL CONSENSO

Crece la demanda de las mediaciones

18/01/2010 - Según datos proporcionados por la Defensoría de la Ciudad de Buenos Aires, las mediaciones comunitarias aumentaron el 26% en 2009 con respecto a 2008. Entre los conflictos que requirieron intervención, el 31% corresponde a problemas de consorcio, el 27% a cuestiones relacionadas con filtraciones y humedad, y en tercer lugar a ruidos molestos, con 13%. La instancia de mediación puede ser utilizada por los vecinos que tengan algún tipo de problema, controversia o conflicto que requiera intervención externa. El servicio de Mediación Comunitaria atiende en el CGPC 10, Bacacay 3968 2º P.

La mediación consiste en la intervención de una persona, ajena a la disputa, que actuando con ecuanimidad puede acercar la posición de las partes hasta arribar (si la mediación es exitosa) a una solución satisfactoria y consensuada. Este procedimiento permite resolver conflictos sin recurrir a la justicia ordinaria.

La judicialización de los conflictos es un procedimiento costoso y lento. Frente a esta característica la mediación se presenta como un procedimiento atractivo por su sencillez, gratuidad y corta resolución.

“La idea es evitar que los conflictos lleguen a instancias judiciales, y los resultados son buenos ya que los acuerdos participativos y voluntarios cada vez son más”, subraya Mariana Ostiglia, directora general de la Dirección de Justicia, Registro y Mediación. La funcionaria explica que en cada uno de los 15 CGPC (Centros de Gestión y Participación Comunal) existen oficinas de mediación. En nuestro barrio los vecinos que deseen aceptar este servicio gratuito deberán dirigirse al CGPC 10 de lunes a viernes de 9:00 a 16:00 hs.

Los equipos de mediadores están formados por abogados, sociólogos y psicólogos, los cuales pueden exhibir con orgullo una estadística envidiable: el año pasado, el 45% de los casos concluyeron con acuerdos mutuos, el 11% sin acuerdo, y del resto de los procesos el 6% no se resolvió por desistimiento de las partes, y el 38% por incomparecencia, es decir, alguno de los afectados no se presentó a la audiencia.

Características de la mediación

  ¿En qué consiste el servicio? - Un tercero neutral, el mediador, facilita la comunicación entre las partes que intervienen en la mediación y las acompaña en la búsqueda de soluciones mutuamente satisfactorias al conflicto que los vincula. A partir de opciones y propuestas sugeridas por los propios interesados, se logran convenios que tienen el alcance de acuerdos privados.

  ¿Dónde se brinda el servicio? - Las mediaciones comunitarias se realizan en forma gratuita en todos los Centros de Gestión y Participación Comunales de la Ciudad de lunes a viernes en el horario de 9 a 16 hs.

  ¿A quién/es está destinado/s? - El destinatario del servicio de mediación comunitaria que presta el GCABA es el “vecino” de la ciudad de Buenos Aires. A efectos del presente procedimiento debe entenderse por “vecino” a toda persona de existencia física o ideal, que sea parte de un conflicto de convivencia vecinal y que tenga su domicilio en la ciudad de Buenos Aires o que la incidencia del conflicto, en tanto sus efectos, tenga lugar dentro de dicha jurisdicción.

  ¿Sobre qué temas se puede consultar? - En el marco de este servicio se entiende por “conflicto vecinal” al problema que se presente como consecuencia de la interrelación – por acción u omisión- entre dos personas de existencia física o ideal, en la cual al menos una de ellas puede definirse como “vecino”.

Los conflictos que se pueden resolver son los siguientes:

1) Conflictos de consorcio

  De convivencia entre vecinos
  Con la administración
  Uso inadecuado de espacios

2) Tenencia de animales

  Que produzcan daños a la propiedad
  Que molesten a vecinos
  Uso inadecuado de espacios

3) Utilización de medianera

  Daños en general
  Construcciones no autorizadas
  Apoyos indebidos

4) Construcciones

  Sin autorización
  Espacio para actividades no autorizadas
  Construcciones precarias

5) Plantas y árboles

  Daños o molestias dentro de la propiedad
  Que afecten medianeras
  Que provoquen humedades

6) Filtraciones y humedad

  Daños en medianeras
  Entre propiedades linderas

7) Contaminación ambiental

  Olores desagradables
  Residuos contaminantes
  Ruidos molestos

8) Vía pública

  Suciedad
  Uso inadecuado de espacios
  Vegetación que invada propiedad privada

Se podrán someter a un proceso de mediación comunitaria aquellos conflictos de consorcio que hacen a la convivencia entre vecinos. Los vecinos podrán resolver en mediación problemas tales como: reparaciones en el consorcio, inadecuado uso de espacios comunes, filtraciones y humedad, utilización de la medianera, ruidos molestos, olores desagradables, es decir conflictos que hacen estrictamente a la convivencia vecinal.

  ¿Cómo acceder al servicio? - El interesado debe asistir al CGPC de su comuna, de lunes a viernes entre las 9 y 16 hs, y dirigirse a la oficina de Mediación Comunitaria, donde personal especializado lo asesorará para llevar adelante la mediación o lo derivará -si el caso no puede ser mediado al organismo que corresponda- para intentar solucionar su problema.

  ¿Qué costo tiene? - El servicio es totalmente gratuito.

Si la mediación fracasa las partes aún tienen otro recurso a mano: el arbitraje. En esta instancia la Defensoría nombra un árbitro, seleccionado de un padrón de abogados especializados. Luego, el proceso es similar al de un juicio: cada parte defiende su postura (personalmente o con la asistencia de un abogado) presentando las pruebas que se crea oportuno. Al terminar el proceso, el árbitro elabora un laudo, que tiene fuerza de fallo de primera instancia, es decir que se lo debe respetar sí o sí.

Un caso sometido a proceso judicial puede demorar varios años en resolverse, mientras que el mismo problema tratado a través de un arbitraje se resuelve en un tiempo mucho mas razonable: unos tres meses promedio.

Carlos Davis

NdR: Para comunicarse con los servicios de mediación y arbitraje del CGPC 10 dirigirse a Bacacay 3968, 2º piso, de lunes a viernes de 9:00 a 16:00 hs., TE 4636-2898/2490/1878, interno 107. La Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires también brinda este servicio llamando al 4338-4900, internos 7411 o 7699. Se puede concurrir a Piedras 574.

Fuente: Diario Perfil - Notas de archivo propio.

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29 de Agosto
Día del Barrio de
 Floresta

39.474 hab.
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18.079 Hombres
(Datos julio 2001)

FLORESTA
nombre dado por Ordenanza N° 26.607 B.M. 14.288

LIMITES
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