Bandera de la Ciudad de Buenos Aires

Kiosco de La Floresta y Locomotora La Porteña

  Escudo de Floresta

Floresta: nombre dado por Ordenanza N° 26.607 B.M. 14.288

UN PROYECTO DE LEY BUSCA EVITAR SU DEMOLICIÓN

Protegerían al Gran Rivadavia

06/09/2009 - El día martes fue presentado en la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires el proyecto de Ley que cataloga al Cine Gran Rivadavia con el Nivel de Protección "Estructural" según los términos que establece el Código de Planeamiento Urbano. El inmueble, sito en Av. Rivadavia 8636, luce desde hace varias semanas un gran cartel de venta. Esto causó la inmediata respuesta de los vecinos, quienes a través del colectivo "Salvar a Floresta" organizaron una movilización frente a sus puertas. Se trata de evitar su demolición o su reconversión para otros usos.

El proyecto de ley que protegería al cine teatro Gran Rivadavia fue presentado en la Legislatura porteña por la Presidenta de la Comisión de Planeamiento Urbano Dip. Silvina Pedreira. La protección estructural es un recurso que se utiliza con el fin de proteger a los edificios y edificaciones que poseen un alto valor histórico o artístico.

Las únicas obras que se pueden efectuar en los edificios sometidos a este grado de protección son las tendientes a lograr su correcta conservación, mejorando sus condiciones de habitabilidad o uso, manteniendo su configuración estructural, su envolvente exterior y sus elementos significativos. Por este motivo es que se permiten, con carácter general, las obras de mantenimiento, consolidación, recuperación y los trabajos de acondicionamiento.

De lograrse la promulgación de este proyecto, el Cine Gran Rivadavia quedaría protegido de una eventual demolición, operación que enriquecería a unos pocos causando el empobrecimiento cultural y patrimonial de todo un barrio.

Proyecto de Ley Nº 1911-D-2009

Artículo 1°.- Catalóguese con Nivel de Protección "Estructural", en los términos del artículo 10.3.3 del Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano, el inmueble sito en Av. Rivadavia 8636 (sección 54 manzana 095 parcela 005).

Artículo 2°.- Incorpórase el inmueble catalogado por el artículo 1° al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 3°.- El Poder Ejecutivo procederá a asentar la catalogación del citado inmueble en las respectivas fichas parcelarias y Planchetas Catastrales.

Artículo 4°.- Publíquese y cúmplase con lo establecido en los artículos 89° y 90° de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Fundamentos

Sr. Presidente:

Este proyecto busca preservar para el futuro uno de los iconos emblemáticos del barrio de Vélez Sarsfield – Floresta y de arraigo cultural para los vecinos que formó parte.

Pero no solo se busca la defensa patrimonial del caso sino la respuesta indispensable hacia un enorme sector de la sociedad porteña que a viva voz reclamó el 26 de agosto y con justo derecho la preservación al vecino de un emblemático lugar de pertenencia, puesto que el Cine – Teatro Gran Rivadavia, durante más de 5 décadas supo ser un polo cultural en el que se dieron cita innumerables artistas del canto y la escena nacional, todos recuerdan las funciones de Mercedes Sosa donde el lleno de platea se extendió hasta la calle, todos hoy recuerda la interpretación de China Zorrilla en “Camino a la Meca” entre otras memorables actuaciones

Los ciudadanos, comerciantes e instituciones de la zona desean su recuperación y proponen la creación de un importante Centro Cultural como no existe de esas características en tan amplio radio geográfico.

Desde el punto de vista arquitectónico, su forma volumétrica pura salvo algunas ornamentaciones verticales que enfatizan su majestuosidad lo hace un fiel ejemplo de la arquitectura racionalista que se podía ver en otros cines de la época que hoy ya no existen.

Su interior respondiendo al mismo estilo sorprende un espacialidad sus grandes escalinatas con baranda de bronces que enmarca su espacio central que por características y forma no tenía nada que envidiarle a los cines del centro.

Hoy la venta y posible demolición de este predio ha puesto en alerta a los vecinos donde han expresado por distintos medios su preocupación y disgusto.

Creo que estamos en deuda con la gente. No darle satisfacción a la comunidad restituyendo lo que corresponde a su acervo y a su patrimonio cultural, es seguir alentando la pérdida de nuestros más preciados valores y lo que es peor, haciendo oídos sordos a los legítimos reclamos populares.

Carlos Davis

Fuente: Salvar a Floresta - www.salvarafloresta.blogspot.com

  Volver

29 de Agosto
Día del Barrio de
 Floresta

39.474 hab.
 2.4 km2
(
2.320.158,49 m2)
16447,5 hab/km2

21.395 Mujeres
18.079 Hombres
(Datos julio 2001)

FLORESTA
nombre dado por Ordenanza N° 26.607 B.M. 14.288

LIMITES
Av. Directorio,
 Portela, Cuenca, Av. Gaona Joaquín V. González, Juan Agustín García, Segurola, Mariano Acosta.

PERÍMETRO
7.523,45 m


FIRME NUESTRO LIBRO DE VISITAS