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Floresta: nombre dado por Ordenanza N° 26.607 B.M. 14.288

PARQUE AVELLANEDA YA ES ÁREA DE PROTECCIÓN HISTÓRICA

La Legislatura se reune por el APH

13/05/2009 - El día viernes 15 de Mayo a las 18: 30 hs se realizará una reunión en la Comisión de Patrimonio de la Legislatura para dar continuidad a las acciones del Grupo Promotor de la Ley de APH de Parque Avellaneda. En dicha oportunidad se tratará una agenda referida a distintos puntos que surgieron en la Audiencia Pública y que no resultaron incluidos en la Ley que declaró Área de Protección Histórica a una amplia zona del barrio. El eje de dicha protección está dado por el parque y su entorno, aunque también se incluyó a los barrios linderos, tales como el conocido con el nombre de Marcelo T. de Alvear.

La agenda de temas propuestos se compone de los siguientes puntos: 1. Revisión de los temas propuestos en la Audiencia Pública que no han quedado incluidos en la Ley. Los vecinos informarán sobre distintas alternativas para que los mismos sean considerados, facilitando de tal forma  su posterior análisis, encuadre y tratamiento.

Como ejemplo se cita el Boulevard de Lasalle (Arroyo Cildañez) el significado y alcance de la Wak´a, la Pulpería de Yiyo, la esquina del último farol y otros.

2. Presentación y festejos de la Ley de APH de Parque Avellaneda sancionada.

2.1 Realizar un festejo donde se invite a todas las Instituciones que son parte de la Ley y en el cual se puedan presentar los alcances de la misma (incluyendo una muestra de fotos antiguas y actuales de los distintos lugares.

2.2 Evaluar la posibilidad de armar una publicación donde se pueda desarrollar la experiencia que permitió alcanzar esta Ley, sus alcances, la innovación que propone y su vez se pueda incluir la historia del barrio y las distintas Instituciones que componen el APH.

La idea de proteger al barrio, de preservar su entorno (tanto arquitectónico como ambiental) tomó forma hacia finales del año 2007, cuando en la Legislatura ingresó el proyecto de declaración de APH (Área de Protección Histórica) a un amplio polígono de nuestro barrio.

Lo primordial de la Declaración

Art. 1.- Desaféctase de los respectivos distritos de zonificación del Código de Planeamiento Urbano, al polígono delimitado por el eje de la Av. Juan Bautista Alberdi en su intersección con el eje de la Av. Olivera, por éste hasta su intersección con el eje de la Av Directorio y el eje de la calle Dr. Florentino Ameghino, por éste hasta su intersección con las líneas de fondo de las parcelas frentistas a la calle Monte, correspondientes a las manzanas 67, 98B, 102A y 106, de la Circunscripción 1, Sección 54, por ésta hasta su intersección con el muro divisorio sur de la parcela 19, correspondiente a la Manzana 109, Sección 54, Circunscripción 1, hasta su intersección con la línea de fondo de esa parcela continuando por el eje de la Av. Lacarra hasta su intersección con el eje de la Av. Juan Bautista Alberdi, y por éste hasta su intersección con el eje de la Av. Olivera.

Art. 2º Aféctase a Distrito APH 45 (Área de Protección Histórica) “Casa Olivera, Parque Avellaneda y entorno” el polígono delimitado por el Art. 1º de la presente Ley.

Síntesis de los fundamentos

El Distrito APH en cuestión se trata de un área de especial configuración y complejidad compuesta por el parque, un espacio verde público que constituye un patrimonio natural y cultural de la ciudad, y por el barrio “Marcelo T. de Alvear” que abarca una serie de conjuntos habitacionales construidos en distintas épocas a partir de la década de 1920.

El valor arquitectónico del distrito está dado por una serie de ejemplos que reflejan el carácter original del parque, como la antigua Casa Olivera, el natatorio municipal y el antiguo tambo, así como el barrio Marcelo T. de Alvear y los clubes y escuelas de la zona.

Esta zona posee valor histórico por reflejar los distintos momentos de su evolución desde su origen, en la segunda mitad del siglo XVIII como “Chacra de los huérfanos” de la Santa Caridad de Nuestro Señor Jesucristo, luego adquirida en 1828 por Domingo Olivera que creó un establecimiento modelo, conocido como “Chacra de Olivera” o “Chacra de los Remedios”, en el que abordó la cría y experimentación con ganado bovino y equino.

El predio fue adquirido por la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires en 1912 para formar allí un parque público, inaugurado oficialmente el 28 de marzo de 1914 con la denominación de “Olivera”. Su nombre actual le fue asignado en noviembre de ese mismo año y era, para ese entonces, el único pulmón verde de la zona oeste.

Allí se estableció en 1917 el primer vivero municipal, que hoy ocupa ocho hectáreas, al que luego se sumarían la “Colonia de vacaciones para niños débiles” en 1919, un tambo modelo en 1921, la primera pileta-solaruim de la ciudad en 1925 y un patio de juegos, inaugurado en 1927 con el nombre de “Motus est vita”, que en su época fue modelo para toda Sudamérica.

Al valor histórico del parque se suma el del barrio Marcelo T. de Alvear que constituye un testimonio de las distintas tipologías construidas por el estado para la generación de vivienda de interés social durante el siglo XX.

En definitiva, el barrio Parque Avellaneda está llamado a ser, por fisonomía y convicción, un “Barrio Parque” de gran calidad urbana, habitado por una comunidad vecinal singular, caracterizada por la responsabilidad que pone en el trabajo y la solidaridad que manifiestan en sus acciones.

Carlos Davis

Fuente: Prensa Mesa de Trabajo y Consenso Parque Avellaneda - Notas de archivo propio

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29 de Agosto
Día del Barrio de
 Floresta

39.474 hab.
 2.4 km2
(
2.320.158,49 m2)
16447,5 hab/km2

21.395 Mujeres
18.079 Hombres
(Datos julio 2001)

FLORESTA
nombre dado por Ordenanza N° 26.607 B.M. 14.288

LIMITES
Av. Directorio,
 Portela, Cuenca, Av. Gaona Joaquín V. González, Juan Agustín García, Segurola, Mariano Acosta.

PERÍMETRO
7.523,45 m


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