REVOCAN UN POLÉMICO FALLO
DEL JUEZ OYARBIDE
La esclavitud
no es
una cuestión cultural
30/09/2008
- La Cámara de
Apelaciones revocó un polémico fallo del juez federal Norberto Oyarbide,
mediante el cual el magistrado había sobreseido a los propietarios de una importante
empresa de indumentaria (SOHO) involucrada en casos de
"talleres clandestinos" y "trabajo esclavo" con el argumento
de que esa modalidad de trabajo constituye una “costumbre
ancestral” propia de la cultura de los pueblos del Altiplano.
La causa contra la empresa de ropa SOHO la inició el
Gobierno de la Ciudad, a través del entonces subsecretario
Ariel Leutier, con el acompañamiento de la defensora del
Pueblo de la Ciudad, Alicia Pierini.
 |
"Este fallo en
términos legales es muy fuerte, no sólo porque revoca el
sobreseimiento a los empresarios de SOHO, sino también
porque establece que la Ley de Trabajo a Domicilio es
competente y pide que se investigue los presuntos delitos
descubiertos en los talleres", aseveró a NOTICIAS URBANAS el
abogado Rodolfo Yanzón
|
En el mes de mayo
pasado el
juez federal Norberto Oyarbide sobreseyó a los responsables
de la empresa SOHO que contrataba inmigrantes indocumentados
para realizar parte de su producción.
En un fallo que quedará
para la historia, el juez argumentó que ese sistema de
explotación sería una herencia "de las costumbres y pautas
culturales" de los pueblos del Altiplano boliviano, lugar de
donde proviene la mayoría de los operarios contratados por
los talleres clandestinos.
La respuesta no se hizo
esperar. La Cámara Federal porteña aceptó el recurso de
apelación presentado por la Cooperativa La Alameda, el cual
sustentó su postura en un documento que preparó el
Departamento de Antropología de la UBA. En dicho documento
se explica que la explotación de personas no es una
costumbre ancestral en Bolivia.
En su polémico fallo
Oyarbide sobreseyó a Nelson Alejandro Sánchez Anterino,
Gabina Sofía Verón y Hermes Raúl Provenzano, directivos de
la empresa Gilmar SA (que comercializa la marca SOHO), la
cual habría contratado a extranjeros indocumentados para
realizar parte de su producción. Esta se lograba
tercerizándola en talleres clandestinos en los cuales se
reducía a los operarios a una condición de servidumbre.
Los directivos de Soho
habrían violado el artículo 117 de la ley de Migraciones que
dice que: “será reprimido con prisión o reclusión de uno a
seis años el que promoviere o facilitare la permanencia
ilegal de extranjeros” con el fin de obtener directa o
indirectamente un beneficio”.
Por aquel entonces la
reacción de los representantes del pueblo no se hizo
esperar: el diputado de la Legislatura Juan Cabandié (Frente para la
Victoria) y la diputada nacional Fernanda Gil Lozano
(Coalición Cívica) presentaron proyectos en los que se
repudió este punto de vista.
Ahora, la Cámara de
Apelaciones revocó el polémico fallo de Oyarbide. Los
camaristas Eduardo Freiler y Eduardo Farah advirtieron "la
excesiva premura" de Oyarbide en fallar a favor de SOHO al
tiempo que recuerdan que no se citó a declarar a las
víctimas de explotación en los talleres y que tampoco se
demostró la situación de residencia de los costureros al
momento del allanamiento.
La investigación además
debió contemplar la falta de higiene, las instalaciones
mínimas y la ausencia de ventilación donde vivían de manera
deplorables y reducidos a la servidumbre los trabajadores
afectados.
Cabe puntar que el juez
Norberto Oyarbide se autoexcluyó de la causa la cual pasó a
manos del Dr. Jorge Bellesteros.
Carlos Davis