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REVOCAN UN POLÉMICO FALLO DEL JUEZ OYARBIDE

La esclavitud no es una cuestión cultural

30/09/2008 - La Cámara de Apelaciones revocó un polémico fallo del juez federal Norberto Oyarbide, mediante el cual el magistrado había sobreseido a los propietarios de una importante empresa de indumentaria (SOHO) involucrada en casos de "talleres clandestinos" y "trabajo esclavo" con el argumento de que esa modalidad de trabajo constituye una “costumbre ancestral” propia de la cultura de los pueblos del Altiplano. La causa contra la empresa de ropa SOHO la inició el Gobierno de la Ciudad, a través del entonces subsecretario Ariel Leutier, con el acompañamiento de la defensora del Pueblo de la Ciudad, Alicia Pierini.

"Este fallo en términos legales es muy fuerte, no sólo porque revoca el sobreseimiento a los empresarios de SOHO, sino también porque establece que la Ley de Trabajo a Domicilio es competente y pide que se investigue los presuntos delitos descubiertos en los talleres", aseveró a NOTICIAS URBANAS el abogado Rodolfo Yanzón

En el mes de mayo pasado el juez federal Norberto Oyarbide sobreseyó a los responsables de la empresa SOHO que contrataba inmigrantes indocumentados para realizar parte de su producción.

En un fallo que quedará para la historia, el juez argumentó que ese sistema de explotación sería una herencia "de las costumbres y pautas culturales" de los pueblos del Altiplano boliviano, lugar de donde proviene la mayoría de los operarios contratados por los talleres clandestinos.

La respuesta no se hizo esperar. La Cámara Federal porteña aceptó el recurso de apelación presentado por la Cooperativa La Alameda, el cual sustentó su postura en un documento que preparó el Departamento de Antropología de la UBA. En dicho documento se explica que la explotación de personas no es una costumbre ancestral en Bolivia.

En su polémico fallo Oyarbide sobreseyó a Nelson Alejandro Sánchez Anterino, Gabina Sofía Verón y Hermes Raúl Provenzano, directivos de la empresa Gilmar SA (que comercializa la marca SOHO), la cual habría contratado a extranjeros indocumentados para realizar parte de su producción. Esta se lograba tercerizándola en talleres clandestinos en los cuales se reducía a los operarios a una condición de servidumbre.

Los directivos de Soho habrían violado el artículo 117 de la ley de Migraciones que dice que: “será reprimido con prisión o reclusión de uno a seis años el que promoviere o facilitare la permanencia ilegal de extranjeros” con el fin de obtener directa o indirectamente un beneficio”.

Por aquel entonces la reacción de los representantes del pueblo no se hizo esperar: el diputado de la Legislatura Juan Cabandié (Frente para la Victoria) y la diputada nacional Fernanda Gil Lozano (Coalición Cívica) presentaron proyectos en los que se repudió este punto de vista.

Ahora, la Cámara de Apelaciones revocó el polémico fallo de Oyarbide. Los camaristas Eduardo Freiler y Eduardo Farah advirtieron "la excesiva premura" de Oyarbide en fallar a favor de SOHO al tiempo que recuerdan que no se citó a declarar a las víctimas de explotación en los talleres y que tampoco se demostró la situación de residencia de los costureros al momento del allanamiento.

La investigación además debió contemplar la falta de higiene, las instalaciones mínimas y la ausencia de ventilación donde vivían de manera deplorables y reducidos a la servidumbre los trabajadores afectados.

Cabe puntar que el juez Norberto Oyarbide se autoexcluyó de la causa la cual pasó a manos del Dr. Jorge Bellesteros.

Carlos Davis

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