Bandera de la Ciudad de Buenos Aires

Kiosco de La Floresta y Locomotora La Porteña

  Escudo de Floresta

Floresta: nombre dado por Ordenanza N° 26.607 B.M. 14.288

LA LEGISLATURA SE LO SOLICITA AL EJECUTIVO

Informe sobre talleres clandestinos

27/11/2008 - Se encuentra en la Comisión de Desarrollo Económico, Mercosur y Políticas de Empleo de la Legislatura Porteña, un proyecto de Resolución (autoría del Diputado Gramajo) por medio del cual se le solicita al Ejecutivo Porteño un informe sobre los talleres textiles clandestinos que se encontrarían ubicados en en la zona delimitada por las calles Emilio Lamarca, Aranguren, Bacacay y Bahía Blanca. El pedido responde a la necesidad de conocer las medidas adoptadas en la lucha contra de la proliferación de talleres textiles clandestinos en las zonas aledañas al "Centro Comercial Avellaneda".

Los vecinos del barrio sufren desde hace años un notorio crecimiento de la industria de la indumentaria, cuya actividad fabril alteró el tradicional ritmo de vida de los florestinos. El permanente avance del rubro contribuyó a la generación de cambios significativos que transformaron sus características geográficas y sociales..

Ese núcleo urbano pasó de una zona residencial a un área comercial con puntos focales de actividad industrial, la cual se nutre, en gran medida, de personas extranjeras indocumentadas.

El funcionamiento de estas factorías textiles se ha valido (para incrementar sus márgenes de ganancias) de talleres de muy baja calidad edilicia y de dudosas condiciones ambientales, que en gran número carecerían de las condiciones de habilitación para funcionar como tales.

El crecimiento comercial del lugar generó una relevante cantidad de problemáticas colaterales como el incremento de la cantidad de basura en la vía pública con la consecuente falta de higiene, carga y descarga de mercancías, estacionamiento de micros de larga distancia con pasajeros provenientes del interior del país que bloquean el tránsito de las avenidas y calles, a lo que se suman olores y ruidos molestos que provienen de las fábricas instaladas.

Los talleres textiles clandestinos distribuidos en la ciudad de Buenos Aires producen altos rendimientos financieros a los empleadores. Representan la manifestación de un modo de producción que se asienta en el trabajo no registrado de personas, que se nutre con la necesidad de aquellos seres humanos provenientes de países limítrofes imposibilitados de acceder a un trabajo en blanco con las garantías que ofrece el sistema laboral argentino.

En este contexto, vecinos del barrio de Floresta han realizado una serie de protestas barriales, denuncias en comisarías, pero también ante de Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro y la Defensoria del Pueblo, no solo por las reprochables condiciones de trabajo a que son sometidos los empleados del sector textil, sino también para hacer saber su preocupación ante la destrucción constante y en forma incesante de su identidad barrial, sintetizada en la constante demolición del patrimonio arquitectónico, la propagación de fábricas y depósitos textiles de dudosa habilitación y la falta de control, fiscalización y del poder de policía a lo largo de los años.

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, informará en un plazo de 30 (treinta) días de recibida la presente y a través del organismo que corresponda, los siguientes aspectos concernientes a la existencia de talleres textiles clandestinos en el barrio de Floresta y, en particular, en relación al crecimiento y expansión los mismos en la zona delimitada por las calles Emilia Lamarca, Aranguren, Bacacay y Bahía Blanca en el ámbito de la Ciudad:

1) Indicará si el Gobierno de la Ciudad dispone de un programa de fiscalización e inspección destinado a la verificación de la existencia de talleres textiles clandestinos en la zona. Remitirá las normativa y las características del mismo;

2) Informará las inspecciones realizadas durante el año 2008 y los resultados de cada una de ellas;

3) Detallará las medidas administrativas implementadas por la autoridad competente una vez detectadas las irregularidades e informará el estado administrativo de cada una de ellas;

4) Detallará las políticas de contención social, jurídica y de seguridad implementadas con las personas víctimas de condiciones laborales de esclavitud;

5) Indicará de manera detallada la cantidad de denuncias recibas hasta la fecha en relación a la existencia de utilización de mano de obra esclava formulando número de denuncia, denunciante, estado, resolución y otras consideraciones que estime convenientes;

6) Informará si fueron denuncias vinculadas a la expansión de los locales comerciales fuera del límite comercial de la zona modificando su fisonomía tradicional, paisaje y medio ambiente. El mismo se encuentra determinado por las calles Emilio Lamarca, Venancio Fores, Terrada y Av. Gaona

7) Indicará si en el sistema de información del Gobierno de la Ciudad existen denuncias presentadas ente la Dirección de Fiscalización de Obras y Catastro, la Dirección de Seguridad Vial y la Defensoria del Pueblo sobre la temática de trabajo esclavo e indicará el estado administrativo de cada una de ellas;

8) Informará si se han detectado conexiones económico-laborales entre talleres textiles, que den lugar a la posible existencia de redes de trabajo esclavo. En caso de estimarse afirmativa la respuesta, indicará los lineamientos de las medidas adoptadas en el corto, mediano y largo plazo. Artículo 2º.- Comuníquese, etc.

Fuente: Boletín de la Legislatura porteña

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29 de Agosto
Día del Barrio de
 Floresta

39.474 hab.
 2.4 km2
(
2.320.158,49 m2)
16447,5 hab/km2

21.395 Mujeres
18.079 Hombres
(Datos julio 2001)

FLORESTA
nombre dado por Ordenanza N° 26.607 B.M. 14.288

LIMITES
Av. Directorio,
 Portela, Cuenca, Av. Gaona Joaquín V. González, Juan Agustín García, Segurola, Mariano Acosta.

PERÍMETRO
7.523,45 m


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