UN ESPACIO DONDE
SE CONSTRUYE EL CONSENSO
Mediación en
el CGPC 10
31/08/2008
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Los vecinos que
tengan algún tipo de problema, controversia o cuestiones
conflictivas por resolver podrán dirigirse al servicio de
Mediación Comunitaria que funciona en el CGPC
10, Bacacay 3968 2º piso. La mediación consiste en la
intervención de una persona, ajena a la disputa, que
actuando con ecuanimidad podrá acercar la posición de las
partes hasta arribar (si la mediación es exitosa) a una
solución satisfactoria y consensuada. Este tipo de
operatoria permite resolver gran cantidad de problemas sin
llegar a la judicialización, procedimiento costoso y lento.
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Los vecinos
que deseen aceptar este
servicio gratuito deberán
dirigirse al CGPC 10 de
lunes a viernes de 9:00 a
16:00 hs. Las problemáticas
más comunmente tratadas en
este servicio son las
relacionadas con los ruidos
molestos, conflictos de
consorcio, convivencia,
construcciones y uso
indebido de espacios
públicos. |
La Mediación Comunitaria resuelve conflictos entre
vecinos facilitando su comunicación con la intervención de
un tercero neutral. La Defensoría del Pueblo de la Ciudad de
Buenos informó que durante el año 2007 las mediaciones entre
vecinos crecieron un 40 % con referencia al año anterior.
La
mediación gana terreno
Esto marca una
tendencia en ascenso que privilegia las instancias de
consenso por sobre la judicialización de los conflictos, con
el consiguiente ahorro de tiempo y dinero. De esta manera la
ciudad acompaña una tendencia que se consolida a nivel
mundial. Si la mediación falla aún queda el recurso del
arbitraje. Los problemas de consorcios son los que más
atención han merecido de los mediadores y vecinos.
La Defensoría
informó que durante el año 2006 hubo 323 casos que
requirieron de la intervención de los mediadores, mientras
que en el 2007 la cifra creció hasta llegar a los 454. En lo
que va del año la tendencia se sostiene y consolida, por lo
que se prevé que esta modalidad de resolución de conflictos
continúe afianzándose.
Si la
mediación fracasa aún queda una instancia llamada
"arbitraje", en la cual las partes se avienen a someter el
caso a un tercero, el árbitro, quien emite un "laudo"
(veredicto) que debe ser respetado por las partes en
conflicto. Durante el 2007 (año en que se puso en práctica
esta modalidad) se sometieron a arbitraje 62 expedientes,
según lo informado por Alejandro Grossman, jefe del servicio
de Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos.
El mayor
porcentaje de casos de los que se sometieron a mediación
corresponde a problemas de consorcio (58 %), es decir, entre
vecinos del mismo edificio; mientras que otro porcentaje
significativo (30 %) es el correspondiente a conflictos
entre vecinos de casas vecinas. En ambos casos los orígenes
de las disputas tiene que ver con temas de ruidos molestos,
filtraciones, y demás problemas surgidos de la convivencia.
El tercer lugar es más difuso y repartido, corresponde a
inconveniente surgidos con empresas prestadoras de
servicios, conflictos por alquileres o problemas de
accesibilidad en diferentes edificios o transportes.
El servicio de
mediación de la Defensoría funciona desde 1994, pero se vio
incrementado en los últimos años por una mayor difusión y
por la apertura de tres nuevos centros de atención en Villa
Luro, Colegiales y Parque Patricios.
Las ventajas
de la mediación son claras y notables: es un método
gratuito, confidencial y veloz. Su debilidad radica en que
el cumplimiento del acuerdo alcanzado en el proceso no es
obligatorio.
Si la
mediación fracasa las partes aún tienen otro recurso a mano:
el arbitraje. En esta instancia la Defensoría nombra un
árbitro, seleccionado de un padrón de abogados
especializados. Luego, el proceso es similar al de un
juicio: cada parte defiende su postura (personalmente o con
la asistencia de un abogado) presentando las pruebas que se
crea oportuno. Al terminar el proceso, el árbitro elabora un
laudo, que tiene fuerza de fallo de primera instancia, es
decir que se lo debe respetar sí o sí.
Un caso
sometido a proceso judicial puede demorar varios años en
resolverse, mientras que el mismo problema tratado a través
de un arbitraje se resuelve en un tiempo mucho mas
razonable: unos tres meses promedio.
Carlos Davis
NdR:
Para
comunicarse
con los servicios de mediación y arbitraje del CGPC 10
dirigirse a Bacacay 3968, 2º piso, de lunes a viernes de
9:00 a 16:00 hs., TE
4636-2898/2490/1878, interno 107. La Defensoría del Pueblo
de la Ciudad de Buenos Aires también brinda este servicio
llamando al 4338-4900, internos 7411 o 7699. Se puede
concurrir a Piedras 574.
Fuente:
Prensa CGPC 10 - Gobierne de la Ciudad de Buenos Aires -
Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires