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Floresta: nombre dado por Ordenanza N° 26.607 B.M. 14.288

URBANISMO Y PATRIMONIO

Parque Avellaneda sería una zona protegida

12/11/2007 - El jueves 22 de noviembre la Legislatura Porteña tratará un proyecto de ley presentado por la Coalición Cívica que busca crear una zona de Protección Histórica en el interior de un polígono que tiene como centro a la Chacra de los Remedios y que incluye al Parque Avellaneda en su conjunto, al barrio de "Casas Baratas" Marcelo T. de Alvear, a las instituciones educativas "Casal Calviño", "Cornelio Saavedra" y "Paula Albarracín de Sarmiento", además de los barrios de monoblocks que se encuentran en los alrededores de la Parroquia "Virgen de los Desamparados".

Las Áreas de Protección Histórica fueron incorporadas al Código de Planeamiento Urbano como distritos de zonificación en el año 1992. Esto representó un reconocimiento del valor patrimonial de ciertos sectores de la ciudad que antes no contaban con una normativa específica. Este proyecto busca preservar al parque y su entorno.

Lo primordial del proyecto está delineado en sus dos primeros artículos:

Art. 1.- Desaféctase de los respectivos distritos de zonificación del Código de Planeamiento Urbano, al polígono delimitado por el eje de la Av. Juan Bautista Alberdi en su intersección con el eje de la Av. Olivera, por éste hasta su intersección con el eje de la Av Directorio y el eje de la calle Dr. Florentino Ameghino, por éste hasta su intersección con las líneas de fondo de las parcelas frentistas a la calle Monte, correspondientes a las manzanas 67, 98B, 102A y 106, de la Circunscripción 1, Sección 54, por ésta hasta su intersección con el muro divisorio sur de la parcela 19, correspondiente a la Manzana 109, Sección 54, Circunscripción 1, hasta su intersección con la línea de fondo de esa parcela continuando por el eje de la Av. Lacarra hasta su intersección con el eje de la Av. Juan Bautista Alberdi, y por éste hasta su intersección con el eje de la Av. Olivera.

Art. 2º Aféctase a Distrito APH 45 (Área de Protección Histórica) “Casa Olivera, Parque Avellaneda y entorno” el polígono delimitado por el Art. 1º de la presente Ley.

Síntesis de los fundamentos

El Distrito APH en cuestión se trata de un área de especial configuración y complejidad compuesta por el parque, un espacio verde público que constituye un patrimonio natural y cultural de la ciudad, y por el barrio “Marcelo T. de Alvear” que abarca una serie de conjuntos habitacionales construidos en distintas épocas a partir de la década de 1920.

El valor arquitectónico del distrito está dado por una serie de ejemplos que reflejan el carácter original del parque, como la antigua Casa Olivera, el natatorio municipal y el antiguo tambo, así como el barrio Marcelo T. de Alvear y los clubes y escuelas de la zona.

Esta zona posee valor histórico por reflejar los distintos momentos de su evolución desde su origen, en la segunda mitad del siglo XVIII como “Chacra de los huérfanos” de la Santa Caridad de Nuestro Señor Jesucristo, luego adquirida en 1828 por Domingo Olivera que creó un establecimiento modelo, conocido como “Chacra de Olivera” o “Chacra de los Remedios”, en el que abordó la cría y experimentación con ganado bovino y equino.

El predio fue adquirido por la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires en 1912 para formar allí un parque público, inaugurado oficialmente el 28 de marzo de 1914 con la denominación de “Olivera”. Su nombre actual le fue asignado en noviembre de ese mismo año y era, para ese entonces, el único pulmón verde de la zona oeste.

Allí se estableció en 1917 el primer vivero municipal, que hoy ocupa ocho hectáreas, al que luego se sumarían la “Colonia de vacaciones para niños débiles” en 1919, un tambo modelo en 1921, la primera pileta-solaruim de la ciudad en 1925 y un patio de juegos, inaugurado en 1927 con el nombre de “Motus est vita”, que en su época fue modelo para toda Sudamérica.

Al valor histórico del parque se suma el del barrio Marcelo T. de Alvear que constituye un testimonio de las distintas tipologías construidas por el estado para la generación de vivienda de interés social durante el siglo XX.

Para la elaboración del presente proyecto se determinaron tres zonas:

  la primera correspondiente al Parque en si mismo
  la segunda a la 1º etapa del barrio Marcelo T. de Alvear
  la tercera a las 2º y 3º etapas del barrio Marcelo T. de Alvear, a los clubes y escuelas.

La normativa propuesta se basa principalmente en la protección ambiental no sólo del Parque sino de todo el espacio público del distrito así como de los jardines propios de los conjuntos de vivienda, estableciéndose grados de intervención de acuerdo a los niveles de protección ambiental determinados para cada zona.

Se propone, asimismo, la catalogación de los edificios más característicos del área como la Casa Olivera, el Natatorio, el Centro de Recreación y otros edificios del parque, junto con una serie de inmuebles significativos para el barrio, localizados dentro y fuera del polígono del APH que incluyen varias iglesias, la Asociación Vecinal, la Escuela Paula Albarracín y el Barrio Unión Popular Católica Argentina, entre otros.

Para la zona 2, correspondiente a la primera etapa del barrio Marcelo T. de Alvear, se establecen normas tendientes a la preservación de las tipologías arquitectónicas originales que incluyen un cuadro de tipologías referencial, siendo los usos permitidos vivienda individual y estudio y consultorio anexo a vivienda.

Para la zona 3, correspondiente a las segunda y tercera etapa del barrio y a las escuelas existentes en dicha zona, se mantienen las normas del Distrito de zonificación U2 del Código de Planeamiento Urbano tanto para tejido como para usos.

Las parcelas frentistas a la Av. Lacarra forman parte del polígono propuesto por el presente proyecto de ley, asignándoseles exclusivamente la protección ambiental de su espacio público, sin modificación de las normas de tejido y usos actualmente vigentes.

Carlos Davis


Texto completo del proyecto 1739D07


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29 de Agosto
Día del Barrio de
 Floresta

39.474 hab.
 2.4 km2
(
2.320.158,49 m2)
16447,5 hab/km2

21.395 Mujeres
18.079 Hombres
(Datos julio 2001)

FLORESTA
nombre dado por Ordenanza N° 26.607 B.M. 14.288

LIMITES
Av. Directorio,
 Portela, Cuenca, Av. Gaona Joaquín V. González, Juan Agustín García, Segurola, Mariano Acosta.

PERÍMETRO
7.523,45 m


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